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Comentarios

  1. Foto del avatardaniel dice

    septiembre 4, 2021 a las 8:21 pm

    Buenas tardes, somos una empresa desarrolladora de software y estamos probando una aplicacion web para realizar proyecciones de pension del IMSS ley 1973 , el cual puede ser utilizado fácilmente en cualquier smartphone, tablet o PC, pueden probarlo sin costo entrando a este link: timbrepaq.net

    gracias de antemano por su evaluacion

    Daniel de los Santos
    Multisistemas Software
    664 2515334

    Responder
  2. Foto del avatarJose dice

    julio 12, 2021 a las 9:07 pm

    Soy pensionado, mi esposa murio. Pero me quiero volver a casar con una mujer que también tiene pensión, si uno de los dos muere, qué pasa con la pensión que recibía el fallecido.. la puede reclamar la esposa o esposo y tener doble pensión?

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      julio 23, 2021 a las 2:11 pm

      Sr. José:
      Si fallece cualquiera de los dos y existe matrimonio o concubinato, se puede reclamar la pensión. No especifica si su pensión es por trabajador o por viudo. Si fuera por viudo, se comunica al seguro social cuando se contrae nuevas nupcias y le dan un finiquito. Si fuera por pensión propia, el conyuge puede reclamar la pensión. Una pensión como trabajador y otra como beneficiario.

      EDUARDO MERINO MÉNDEZ.

      Responder
  3. Foto del avatarBlanca Miranda dice

    abril 28, 2021 a las 2:28 pm

    Buenas tardes,

    Estoy próxima a pensionarme, tengo 1771 semanas cotizadas y 62 años

    Estoy interesada en servicio de calculo pensión IMSS, de acuerdo a la ley del IMSS, si me cesan del trabajo el los primeros días de junio 2021, y cumplo 63 años el 30 nov. se me otorga la pensión de 63 años 90%.
    que costo tiene este servicio y donde los puedo visitar y en que horario.

    atte.

    Responder
  4. Foto del avatarmiguel hernadez ramos dice

    febrero 28, 2021 a las 5:21 pm

    tengo 56 años y deje de laborar en agosto del 2007 tras 23 años de trabajar para la misma empresa mismo tiempo que cotice al seguro social deje de laborar por motivos de salud pero por ignorancia y decidía no tramite una incapacidad permanente para pensionarme en ese entonces. hoy quisiera tramitar mi pensión aunque se que no cumplo la edad que establece la ley pero tomando en cuenta la edad que tengo y la incapacidad que tengo para trabajar cree usted que se pueda y usted puede ayudarme quiero decirle que he cotizado al seguro social por 23 años y retirado dos veces de mi afore por desempleo y otro dato la empresa en la cual labore no se si exista aun pero yo tengo mi carta de retiro así como papeles del seguro y afore .obviamente ya no cuento con servicio medico por parte mía en el imss pero si por parte de mi esposa ojal puedan ayudarme gracias .atentamente: Miguel Hernandez Ramos.

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      marzo 1, 2021 a las 12:21 pm

      Sr. Miguel:
      Las semanas cotizadas tienen una vigencia para reclamar cualquier pensión. Las semanas que usted cotizó se vencieron desde el 2013. Para que pueda solicitar una pensión de invalidez por su enfermedad, es necesario recuperar sus semanas. La ley establece que debe de cotizar un año, aunque si acude al seguro social le dirán que debe de cotizar un año más dos meses. Después de este tiempo y teniendo vigentes sus semanas, podrá solicitar su pensión de INVALIDEZ.

      EDUARDO MERINO MÉNDEZ.

      Responder
  5. Foto del avatarYazmin dice

    agosto 11, 2020 a las 10:34 am

    Ola me podrían ayudar darme la fecha de mi pago x endebnisacion global x favor

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      agosto 12, 2020 a las 11:22 am

      SRA. YAZMIN:
      En su resolución aparece la fecha de pago.

      EDUARDO MERINO MÉNDEZ.

      Responder
  6. Foto del avatarCarlos Mendizabal dice

    julio 22, 2020 a las 3:07 pm

    buenas tardes. soy Carlos Mendizabal. quisiera ver si ustedes me podrian ayudar con esta duda por favor. tengo 63 años y hace un año ingrese a una empresa para conseguir las 52 semanas que solicitan para recuperar las semanas cotizadas anteriormente. ya las tengo ya llevo unas mas ahora, sin embargo las semanas cotizadas anteriormente no se reflejan en el reporte cuando pido saber cuantas semanas hay ya, lo que quisiera saber es si esas semanas anteriores estas se ingresan automáticamente al reporte cuando uno cumple con las 52 semanas que solicitan o hay que hacer un tramite mas para que las ingresen. esa es la duda que tengo si pueden orientarme mucho se los agradecere mi correo es el [email protected] muchas gracias por su atencion

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      julio 23, 2020 a las 4:27 pm

      SR. Carlos:

      las semanas se recuperan cuando se cumplen las 52 semanas cotizadas, sin embargo en el reporte de semanas que se obtienen por internet, no aparecen todas las semanas. El seguro social empezó a capturar su información a partir de 1988 y en ocasiones si recuperó movimientos afiliatorios de 1982 a la fecha, lo anterior está en archivos físicos y habrá que reclamar esos períodos presentando evidencia documental, fechas y realizar el trámite por internet. Cuenta con nuestro apoyo si existen períodos que no le reconocen.

      EDUARDO MERINO MÉNDEZ.

      Responder
  7. Foto del avatarLourdes A. dice

    junio 13, 2019 a las 11:24 am

    Buen día, planeo jubilarme con el ISSSTE el año próximo ya que cumplo con los requisitos para ello (décimo transitorio, 28 años de servicio). Asimismo, tengo cotizadas al IMSS 732 semanas y me ampara la Ley 73, ya que de deje de cotizar en 1991.

    ¿Es posible que también pueda obtener la pensión del IMSS, o estas cotizaciones ya no son recuperables?

    Gracias

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      junio 27, 2019 a las 11:24 am

      Sra. Lourdes, buen día.
      Sí, es posible que obtenga una pensión del IMSS. Para lograrlo necesita volver a cotizar en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, es decir a través de una relación laboral trabajando con un patrón durante un periodo de cuando menos 15 meses, y de esa forma recuperar las 732 semanas cotizadas que ya tiene y con ello el derecho a una pensión.
      Los requisitos para obtener una pensión Ley 73 son :
      Tener cotizadas 500 semanas o más y estar en periodo de conservación de derechos.
      Haber cumplido 60 años o más,
      Encontrarse en baja.
      La invitamos a que agende su cita al tel: 2595 6750 y 6550 7614, y con gusto le indicaremos la mejor estrategia para su futura pensión IMSS.

      Atte. Víctor Hugo Del Río.

      Responder
  8. Foto del avatarRicardo Carbajal H dice

    mayo 19, 2019 a las 9:16 am

    Buenas tardes
    Si mi estado de cuenta de Afore se encuentra un rubro «Ahorro para el Retiro 92 y 97» eso asegura que pertenezco a la ley 73 para pensionarme por el IMSS?
    Gracias

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      junio 27, 2019 a las 12:23 pm

      Sr. Ricardo, buen día.
      El Ahorro del SAR 92-97 no le asegura que pertenece a la Ley de 1973.
      Lo que le da pertenencia a esa Ley 1973, son las semanas cotizadas que usted tenga y que hayan sido cotizadas con anterioridad al 30 de junio de 1997.
      Lo invitamos a que agende su cita al tel: 2595 6750 y 6550 7914 y con gusto aclararemos todas sus dudas.
      Veremos si tiene derecho a una pensión y la estrategia para que la pueda mejorar.

      Atte. Víctor Hugo Del Río.

      Responder
  9. Foto del avatarMoises Salvador dice

    mayo 15, 2019 a las 10:29 pm

    Soy moises tengo 54 años , pretendo irme a modalidad 40, para aumentar mis ingresos tengo 1606 semanas cotizadas. Me sujiere este metodo para buscar mi pension. A los 60. Y q monto me convendria. Gracias

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      junio 27, 2019 a las 11:07 am

      Sr. Moises, buen día.
      Si, El Seguro Voluntario Modalidad 40 es un buena alternativa para mejorar el importe mensual de su pensión. Las pensiones que otorga la Ley del Seguro Social de 1973, se nutren con la palabra más, entre más semanas cotizadas tenga es mejor, entre más años tenga es mejor, y cuanto más elevados sean los salarios será mejor.
      Lo invitamos a que agende su cita al tel: 2595 6750 y 6550 7914.
      Le diremos el importe mensual de su pensión sin invertir, y le haremos un estudio invirtiendo en el Seguro Voluntario Modalidad 40, para que usted pueda tener una buena pensión.

      Stte. Víctor Hugo Del Río

      Responder
  10. Foto del avatarANA MARIA SANTOS HERNANDE dice

    abril 15, 2019 a las 10:45 am

    TENGO 60 AÑOS, COTIZE EN EL IMSS ALREDEDOR DE 10 AÑOS Y DEJE DE TRABAJAR EN EL 88, COMO ME PUEDO PENSIONAR, EN EL IMSS ME DICEN QUE NO ME PUEDEN DAR MI SEMANAS COTIZADAS

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      abril 24, 2019 a las 10:59 am

      Sra. Santos, gusto en conocerla.
      Le informo que es necesario que usted vuelva a cotizar en el Régimen Obligatorio del Seguro Social. Esto lo deberá hacer a través de una relación laboral trabajando con un patrón durante un periodo aproximado de un año y dos meses.
      Esto con la finalidad de recuperar los periodos cotizados con anterioridad y con ello generar los derechos para su pensión.
      La invito a que agende su cita al tel: 2595 6750 y 6550 7914.
      Favor de traer documentación referente al IMSS (avisos afiliatorios) y buscaremos la mejor opción para su futura pensión.

      Atte. Víctor Hugo Del Río

      Responder
  11. Foto del avatarALJANDRO DIAZ dice

    marzo 26, 2019 a las 2:45 pm

    BUENAS TARDES, TENGO 65 AÑOS, EN EL 2015 ME DIERON UN REPORTE CON 885 SEMANAS COTIZADAS, AHORA ME QUIERO PENSIONAR Y ME VOY A REACTIVAR AL IMSS POR 1 AÑO 2 MESES, NUEVAMENTE FUI A QUE ME DIERAN UN REPORTE ACTUAL Y RESULTA QUE TENGO SOLAMENTE 433 SEMANAS COTIZADAS, QUE PUEDO HACER AL RESPECTO, QUE VALIDEZ TIENE MI PRIMER REPORTE??

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      marzo 28, 2019 a las 11:28 am

      Sr. Díaz, gusto en conocerlo por este medio.
      La información que proporciona el sistema del IMSS a veces difiere y no es congruente respecto a las semanas cotizadas, sin embargo se puede elaborar una relación con nombres y fechas de los patrones con los que trabajó, sustentando la información con documentos afiliatorios al IMSS y se pueda hacer una reclamación. Lo invito a que agende su cita al tel. 2595 6750 y 6550 7914 y por favor traiga toda su documentación referente al IMSS.
      Es importante que usted obtenga la mejor pensión posible y nosotros le vamos a decir como se puede hacer.

      Atte. Víctor Hugo Del Río.

      Responder
  12. Foto del avataramparo carrillo pz dice

    marzo 20, 2019 a las 12:46 pm

    buenas tardes
    estoy pagando la modalidad 40 llevo 2 años 8 meses tengo 850 semanas cotizadas y actualmente estoy trabajando y cotizando con el issste solo llevo 3 años es decir 150 semanas, para solicitar mi pension ambas se pueden acumular las semanas ASI COMO ADICIONAR EL SAlario

    Responder
  13. Foto del avatarMario dice

    febrero 26, 2019 a las 10:07 am

    Buen Día¡

    tengo una IPP del 65% por riesgo de trabajo, actualmente tengo 45 años, y tengo 1096 semanas cotizadas, mi duda es, si en 1 1/2 que termine la IPP y pase a definitiva puede mejorarse? actualmente puedo seguir cotizando? tengo mas opciones?

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      febrero 28, 2019 a las 1:58 pm

      Sr. Mario, gusto en conocerlo a través de este medio.
      Para que se pueda mejorar la IPP se tendrá que hacer una revaluación por parte de los servicios de Salud en el Trabajo del IMSS.
      Usted si tiene la posibilidad cotice a través de una relación laboral para que siga acumulando semanas para una futura pensíon de Cesantía cuando cumpla 60 años.

      Atte. Víctor Hugo del Río.

      Responder
  14. Foto del avatarMaria Eleazar Ramirez Gutierrez dice

    octubre 29, 2018 a las 1:59 pm

    Buenas tardes. Mi nombres es Elia Ramirez, quisiera saber si puedo hacer acreedor a pension por el IMSS si trabaje alrededor de 10 años cotizando en el seguro. Deje de trabajar desde el 83 y hasta la fecha no he trabajado de nuevo. Si es posible cual seria todo el proceso para poder pensionarme. Gracias.

    Responder
    • Foto del avatarMi Pension IMSS dice

      noviembre 5, 2018 a las 2:40 pm

      Sra. Ramírez, gusto en conocerla a través de este medio.
      Si usted trabajó 10 años tendrá aproximadas 500 cotizaciones semanales y entonces tendría que volver a cotizar nuevamente en el régimen obligatorio del seguro social para recuperar esas 500 cotizaciones y a la vez los derechos para el otorgamiento de una pensión tal y como lo establece la Ley del Seguro Social de 1973.
      Sí, es posible que usted pueda tener su pensión por lo que la invito a que agende su cita y acuda con nosotros para explicarle que es lo que puede hacer.
      Tel: 2595 6750 y 6550 7914

      Si decide venir por favor traiga toda su documentación referente al IMSS.
      Reciba un cordial saludo.

      Atte. Víctor Hugo del Río

      Responder
  15. Foto del avatarAlejandro cecena dice

    septiembre 23, 2018 a las 7:22 pm

    Me pregunto si despues de solicite tres veses la ayuda de desempleo, ya no me puedo pencionar

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      septiembre 24, 2018 a las 5:28 pm

      Sr. Alejandro gusto en conocerlo por éste medio.
      Para poder pensionarse debe cumplir con los requisitos que marca la Ley del Seguro Social.
      El seguro por desempleo lo puede solicitar las veces que quiera siempre y cuando cumpla con también con los requisitos y en nada se contraponen estos derechos.

      Atte. Víctor Hugo del Río
      Asesor en Mi Pensión IMSS

      Responder
  16. Foto del avatarVíctor Lara dice

    agosto 23, 2018 a las 4:00 pm

    Hola, mi nombre ed Víctor, mi pregunta es: si en los ultimosv5 años solo trabaje 1 ( el ultimo ), con un sueldo mensual de 6,400, cuanto puedo pretender de pension, tengo 65 años y soy empleado actualmente, gracias, saludos.

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      agosto 30, 2018 a las 4:40 pm

      Sr. Lara, gusto en conocerlo a través de este medio.
      Le informo que la Ley del Seguro Social 1973 establece para obtener la cuantía básica de la pensión el promedio de las últimas 250 semanas de cotización, (salarios de los últimos 5 años)
      Lo invitamos a que agende su cita y nos visite para explicarle a detalle la manera de poder elevar el monto de su pensión. Todo esto dentro del marco de la Ley del IMSS.

      Atte. Víctor Hugo Del Río.
      Asesor en Mi Pensión IMSS

      Responder
  17. Foto del avatarElena Pérez Vázquez dice

    marzo 6, 2018 a las 1:36 pm

    Buenas tardes, mi duda es la siguiente: Trabaje más de 7 años pero dejé de trabajar antes de la devaluación del peso y tengo 57 años, mi pregunta es para pensionarme si reúno las semanas cotizadas, pero ¿cuál sería el salario que se tomaría para mi pensión, porque son 5 años atrás y voy a empezar a pagar Modalidad 40? Gracias por la atención a mi pregunta

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      marzo 7, 2018 a las 1:52 pm

      Sra. Elena gusto en conocerla a través de este medio. El salario que se toma en cuenta para el cálculo de su pensión corresponde al de las últimas 250 semanas cotizadas, debe tener como mínimo 500 semanas cotizadas (10 años de trabajo) y encontrarse en baja para tener derecho a su pensión tal y como lo establece la Ley del Seguro Social de 1973.
      La invitamos a que agende su cita al tel. 2595 6750 y 6550 7914 , traiga todos sus documentos relativos al IMSS y nos visite para darle todos los detalles que necesita para su futura pensión.

      Atte. Víctor Hugo Del Río.

      Responder
      • Foto del avatarElena Pérez Vázquez dice

        marzo 7, 2018 a las 1:57 pm

        Buenas tardes, ¿cuál sería el costo de la consulta?

        Responder
        • Logo Servicios de Asesoría en Pensiones IMSS | Mi Pensión IMSSMi Pensión IMSS dice

          septiembre 29, 2019 a las 3:13 pm

          Nuestra primer asesoría no tiene costo ¡No pierda la oportunidad de visitarnos!

          Responder
  18. Foto del avatarFernand Sandoval dice

    enero 12, 2018 a las 2:44 pm

    Las pensiones no tienen incremento salarial?

    Responder
    • Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

      enero 24, 2018 a las 11:31 am

      Sr. Sandoval, gusto en conocerlo a través de este medio, le informo que las pensiones tienen un pequeño aumento en el mes de febrero de cada año, esto con base en el indice nacional de precios al consumidor, el aumento generalmente es muy bajo dependiendo la situación económica del país.

      Atte. Víctor Hugo Del Río
      Asesor en Mi Pensión IMSS

      Responder
  19. Foto del avatarjorge luja alvarado dice

    mayo 16, 2017 a las 12:30 pm

    Buen dia mi caso es que hace 7 años obtuve pension con 1321 semanas y despues unilateralmente el imss me la suspendio porque no reconoce las ultimas 58 semanas que labore y me pidieron que devuelva los 8 meses que me pagaron por cierto que es la minima garantizada., el propio imss ya me reconoce por escrito las semanas que decia no habia laborado, entonces el propio personal me sugirio volviera a tramitar mi pension por la ley 1997 ya que la ley 73 fue derogada cumplo con la edad y los años de cotizacion que pide el mismo imss.,Hasyta la fecha me dieron negativa de dicha pension ley 1997 argumentando que no cumplo con el articuo 162, siendo que lo rebaso , mucho le agradeceria me sugieran que hacer al respecto …. atentamente jorge luja alvarado

    Responder
  20. Foto del avatarvhdelrio dice

    agosto 25, 2016 a las 4:47 pm

    Don Héctor, necesitamos más información para atender su caso en forma apropiada.

    Responder
  21. Foto del avatarvhdelrio dice

    agosto 25, 2016 a las 4:46 pm

    Estamos al pendiente de la evolución de sus trámites.

    Responder
  22. Foto del avatarvhdelrio dice

    agosto 25, 2016 a las 4:45 pm

    Fue un gusto contactarla personalmente. Espero que las recomendaciones que le hicimos las lleve a cabo para que obtenga una pensión más decorosa.

    Responder
  23. Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

    agosto 25, 2016 a las 4:43 pm

    Sr. Guadalupe Antonio: en su caso, la pensión está superditada a el salario promedio de sus últimos cinco años cotizados y a las semanas cotizadas. Es necesario que usted sepa cuanto le van a pagar de pensión. La cantidad que tiene en la Afore, no determina su pensión, parte de ese importe lo recuperará. Si pudiera acudir con nosotros, antes de realizar el trámite podríamos buscar una mejor pensión.

    Responder
  24. Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

    agosto 25, 2016 a las 4:37 pm

    La pensión es vitalicia. Con la presentación de su Resolución de Pensión, acuda a la Afore que le corresponda y le devolverán sus ahorros de SAR 92 Y 97, además de su INFONAVIT.

    Responder
  25. Foto del avatarMi Pensión IMSS dice

    mayo 25, 2015 a las 2:36 pm

    Con todo gusto Sra. Silvia Hernández, los horarios que tenemos son los siguientes:
    Lunes a Jueves 11:00 a.m. a 14:30 y de 15:30 a 17:00 p.m.
    Viernes 11:00 a.m. a 15:00 hrs.
    Tel. 2595-67-50, 6550-79-14, 5003-84-56

    Responder
  26. Foto del avatarMi Pension IMSS dice

    julio 25, 2019 a las 2:12 pm

    Sr. Muñoz, buenas tardes.

    Le informo que para recuperar sus semanas cotizadas, en efecto tendrá que volver a cotizar en el Régimen Obligatorio del Seguro Social,
    así como le indicaron, al recuperar sus semanas cotizadas con ello recupera los derechos para el otorgamiento de su pensión tal y como lo establecen los ordenamientos de la Ley del Seguro Social de 1973. Lo invito a que agende su cita con nosotros a los teléfonos 2595 6750 y 6550 7914 para explicarle con detenimiento que es lo que puede hacer para volver a cotizar y pueda obtener su pensión.

    Si decide venir por favor traer todos sus documentos relativos al IMSS, CURP, correo electrónico y estado de cuenta con Afore.

    Atte. Víctor Hugo Del Río.

    Responder

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