¿Tiene dudas?
Estamos para servirle, escriba un mensaje a continuación y a la brevedad le daremos respuesta en esta misma página.
Si prefiere una asesoría más directa, por favor diríjase a nuestra página de contacto para encontrar nuestra ubicación, correo, horarios y teléfonos.
Héctor Callejas dice
Hola….ustedes me podrian apoyar en un estudio de cuantas semanas cotizadas tengo, cuantos años puedo conservar derechos ..
Mi Pensión IMSS dice
sR. Hector:
Con gusto lo podemos apoyar a verificar sus derechos, calcular su pensión y hacer un proyecto por medio del cual pueda mejorar el importe. Solo se necesita su número de seguridad social, su CURP, correo electrónico y su teléfono. Con esto podrá conocer su situación real ante el seguro social. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
rosalia cortés cervantes dice
soy trabajadora del IMSS, solicite mi jubilación por sesantia, en la oficina de la AFORE me comentan que no puede recuperar el dinero acumulado de la afore. Mi duda es si esto aplica tambien en jubilaciones x sesantia..
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes. En el caso de los trabajadores IMSS, los recursos de la Afore no se pueden rescatar, es necesario demandar. Se recupera lo de las cuentas del SAR 92 97 y lo de INFONAVIT 92 97. Previa demanda. Los recursos de Cesantía, Vejez y Cuota Social, no los entregan. Si gusta puede comunicarse con la lic. Lissete Alvarado teléfono 55 52 64 07 48 o 55 73 87 12 38. Pertenece a la Coordinadora Nacional de Trabajadores Jubilados y Pensionados del IMSS. Allí le darán informes e incluso le pueden llevar su demanda.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Claudia Manzanilla Saavedra dice
Buenos días, requiero cita ya que tengo dudas acerca de mi pensión y mis semanas cotizadas. Actualmente estoy pagando modalidad 10.
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días.
Excelente decisión de pagar la modalidad 10. Con esto recupera sus derechos. Si es importante verificar el número de semanas debido a que no todas se encuentran capturadas y en muchas ocasiones hay que hacer reclamación. Estamos a sus órdenes de lunes a viernes de 9 a 14:30 horas.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Alma yadira Castro Altamirano dice
Hola mi hija recibe pension por orfandad pero acaba de cumplir los 16, hay un finiquito por cumplir los 16?
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes: Se le otorga un pago finiquito de 3 mensualidades de su pensión (artículo 136 de la L.S.S.)
EDUARDO MERINO MENDEZ.
Lirio Mojica dice
Muy buenas tardes. Estoy por cumplir 60 años y tengo 1257 semanas cotizadas en el IMSS; si decido retirarme, ¿cuánto recibiría de pensión, si mi sueldo mensual es de $10,000? ¿qué pasa con mis cuentas de afore e infonavit? Gracias, quedo atenta a su amable respuesta.
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes: Para el cálculo de su pensión, se utiliza el parámetro del salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y las semanas cotizadas. Ofrecemos el servicio de validación de su información sumada a un proyecto de pensión para que pueda incrementar su pensión. Éste proyecto le informará cuánto ganará y cómo podría aumentar su pensión. Sólo se necesita su número de seguridad social, su CURP y su correo electrónico. En 4 días le ofreceríamos la respuesta.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ
Francisco dice
Tengo 62 años y 534 semanas cotizadas y el IMSS me negó mi pensión ay algo que se pueda hacer
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días sr. Francisco:
Existe la posibilidad de que tenga derecho a la pensión si usted pertenece a la Ley de 1973 y su conservación de derechos abarca su fecha en que cumple 60 años. Nos gustaría analizar su caso para elaborar la inconformidad que se debe de presentar antes de que pasen 15 días después de que le hayan notificado su negativa. Por favor envíe su negativa de pensión a nuestro correo.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Margarita Fragoso dice
Necesito asesoria para mi pension
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Margarita:
Con todo gusto la asesoramos. Si no puede enviar un correo directamente o explicarnos cuál es su problema? Para obtener una pensión, es necesario reunir 3 requisitos: tener 500 semanas cotizadas, 60 años y causar baja.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jesus Melchor Ponce Villado. dice
como puedo aumentar mi pension
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Jesús:
Para calcular su pensión se utilizan 2 parámetros: el número de semanas y el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. Sería necesario hacer un proyecto de pensión analizando estos rubros, calcular la pensión que tendría e incrementar el salario.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jesus Melchor Ponce Villado. dice
mi nombre es Jesus Melchor Ponce Villado cumplo 59 anos en diciembre 5 como puedo aumentar mi pension
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Jesús:
Tendría la posibilidad de incrementar su pensión si se cotiza con un mayor salario ahorita que está trabajando o al causar baja y seguir cotizando con salario alto por medio de la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio, lo que se llama la modalidad 40. Con gusto le hacemos un estudio proyecto para planear su pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ma. Raquel dice
Tengo muchas dudas sobre que me conviene hacer para que se incremente mi pencion… Podrá asesorarme por favor
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Raquel. Le podemos elaborar un estudio para revisar sus datos en el seguro social, calcular la pensión que usted puede obtener y ampliar el estudio con un Proyecto de pensión para que invierta y mejore su pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ma. Raquel dice
Necesito que me asesore respeto a mi pencion que tengo que hacer para incrementar la pencion
Mi Pensión IMSS dice
Por lo regular, se utiliza la Continuación Voluntaria del Régimen obligatorio para aumentar las semanas y el salario promedio de las últimas 250 semanas con las que se hace el cálculo. Al incrementar estos parámetros, aumenta la pensión. Si gusta que le hagamos el estudio, nos envía su CURP
Mi Pensión IMSS dice
Y su número de seguridad social.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ma. Raquel dice
Hola buenas tardes.. Me falta un año para pencionarme y quiero entrar a la modalidad 40 para aumentar mi pencion, tengo 1500 cotizaciones, me tienen en el IMSS con 250 pesos, me gustaría saber cuánto sería mi pencion .
Mi Pensión IMSS dice
Si podemos realizar su proyecto para que invierta en la modalidad 40. Sería importante debido a que tiene muchas semanas y posibilita que aumente en un buen grado su pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jesus Sedeño dice
Hola, me ofrecen empleo en el extranjero. Tengo 56 años, he trabajado y cotizado 32 años sin interrupción. Que debo hacer para no perder mi pension del IMSS ?
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes. Existe la posibilidad de seguir cotizando por medio de la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio con la finalidad de incrementar semanas o su pensión. Sería bueno verificar si sus datos están correctos, la conservación de sus derechos y el importe futuro de su pensión. Podemos generar un estudio con el cual estaría en posibilidad de tomar decisiones.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Lourdes Rivera dice
Buen dia. Tengo registro en el IMSS desde 1985 pero comencé a cotizar en 1999 ¿por cuál régimen me puedo jubilar?
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sra. Lourdes:
Si cotizó antes del 1o. de julio de 1997, el régimen por el que se podrá pensionar es el de 1973.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Juan Pablo Navarro Santos dice
Tengo 1250 semanas cotizadas y quiero jubilarme antes de los 60 años, tengo 54 años que es lo que más me conviene. Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. Juan Pablo:
Lo que más le conviene es seguir cotizando hasta los 60 año o más. Si decide pensionarse antes, su pensión de RETIRO, está superditada a los ahorros que existan en su Afore. Si estos garantizan una pensión de un salario mínimo más un tercio, podrá realizarlo aún si no tiene la edad.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
ARACELI ESOPINOSAAYALA dice
Buenas tardes. Mi papa solicitó resolución de pensión pero en la página aparece que no es candidato para recibir pensión, lo que quisiera saber es si es definitiva esta resolución o se puede hacer algo más, porque en el documento que aparece en Internet dice que si quieres puede pedir la resolución negativa, oes mejor ir a subdelegación a pregunta porque no es candidato a recibir pensión. Mi papá cuenta con la semanas la edad y estuvo en modalidad 40 unos años
Mi Pensión IMSS dice
Srita. Araceli:
Si la página del IMSS dice que no es candidato, es porque no reúne los requisitos que marca la Ley del Seguro Social. Quizá sus semanas se encuentran vencidas. Se tendrá que evaluar su situación y recuperar sus derechos. La ley del seguro social le conserva en derechos ´para solicitar una pensión, la cuarta parte del tiempo que haya laborado. Estamos a sus órdenes para validar su información.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Sergio dice
Mi cuñada sin ofender es una persona ignorante, cotizó aproximadamente más de 600 semanas en el IMSS ,,tiene 70 años y por diversas razones no puede trabajar y carece de ingresos extras, desea poder recibir la. pensión del IMSS por vejez , puede pagar seguro voluntario ? Para exigir dicho derecho, ,necesariamente necesitaría un año para tramitar,me dice que no quiere aumentar esa pensión. Solamente lo que le corresponde dicho trámite cuanto le costaría ,gracias por su atención,
Mi Pensión IMSS dice
Sergio: La ley del seguro social establece que debe de cotizar un año para recuperar sus derechos. Tenemos un mecanismo por medio del cual su cuñada podría obtener su pensión. Es posible realizarlo, sólo hay que pagar cotizaciones mediante unos trámites especiales. Si pueden acudir a nuestras instalaciones, les informaremos ampliamente cómo realizarlo
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Lourdes dice
Si disculpe mi mamá esta arreglando su pencion por fallecimiento de mi papá y en su cuenta de el tenía dinero no loa retiradi y ya le entregaron a ella su tarjeta pero es de otro Banco mi pregunta el dinero q hay en la otra tarjete lo trasfieren o lo puede uno sacar
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Loudes:
El dinero que devengó su papá es hasta el día en que falleció. Lo restante se tiene que devolver al seguro social y después obtener la pensión la cual le pagarán desde el día posterior al fallecimiento de su papa, por concepto de Pensión de Viudez.
EDUARDO MERINO MENDEZ.
Alejandra C dice
Hola. Me dieron pension por invalidez en 1999.
puedo trabajar sin que me quiten mi pensión?
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Alejandra:
Para obtener su pensión de Invalidez, la situación de no poder laborar fue determinante para que se la otorgaran. Si usted entra a trabajar y la aseguran, se supone que ya se rehabilitó. En ese momento se suspende la pensión. Podrá trabajar en la medida de sus posibilidades, siempre y cuando no la registren al seguro social.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Alfredo Márquez dice
Asesoría
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Alfredo, buenas tardes.
En qué podemos servirle. Nuestra asesoría en relación a su pensión, consiste en la validación de todos sus datos, el cálculo de la pensión que obtendrá tan pronto cumpla los requisitos y en un proyecto por medio del cual podrá incrementar su pensión, además de todo lo relacionado con su Afore y la recuperación de sus ahorros. Sólo se necesita su número de seguridad social y su CURP.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Alfredo: Con gusto le apoyamos, cuál es su necesidad de asesoría, se le complicó algún trámite? Recuerde que para obtener una pensión, por lo menos se necesitan 500 semanas cotizas y 60 años cumplidos o más. Con la nueva Ley se necesitan 1,250 aunque las modificaciones de Ley benefician a los que ya reunieron 750 semanas. Estoy a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Rogelio Martínez Piña dice
Qué tal soy una persona de 43 años pero desafortunadamente estoy enfermo se me juntó diabetes tengo unas lesiones muy fuertes en los pulmones que no me permiten desplazarme del oxígeno tengo paralizada una mano y un pie soy hipertenso y por todos estos problemas no puedo procurarme un empleo puedo pedir una pensión ante el Imss soy de la ley del 73 y tengo alrededor de 600 semanas cotizadas el problema que mi último trabajo fue aproximadamente en el 2013 quisiera saber si puedo hacer algo al respecto
Mi Pensión IMSS dice
sr. Rogelio:
Las semanas que usted tiene están vencidas. Es necesario que recupere sus derechos. La ley del seguro social dice que tiene que cotizar un año para recuperar sus semanas. Esa es la única manera de poder obtener una pensión de INVALIDEZ. No tendría derecho si la solicita en estos momentos aunque por sus problemas de salud si se requiere.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Rogelio:
Para que le otorguen su pensión por invalidez, primero tiene que recuperar sus semanas cotizadas. Las que menciona, se vencieron en el año 2016. La recuperación de semanas se hace cotizando un año en el régimen obligatorio, esto es, que mediante una relación de trabajo el patrón lo inscriba ante el seguro social como trabajador.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Lourdes García dice
Buenas noches. Tengo una pensión por invalidez permanente desde el año 1999. Se me presenta la oportunidad de tener un trabajo eventual por un día realizando una evaluación educativa, para ello me solicitan datos del RFC con homoclave para depositar el pago en una cuenta de débito, la única que tengo es donde depositan la pensión. Mi pregunta es ¿Puedo realizar ese trabajo sin que corra riesgo la pensión?
Mi Pensión IMSS dice
sRA. Lourdes:
No hay ningún problema, siempre y cuando no la registren en el seguro social como trabajadora. Si lo hicieran, le suspenden la pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Osvaldo dice
Buenos días mi papá se va a pensionar por riegos de trabajo tiene 54 años tiene 1500 semanas cotizadas cuál sería el porcentaje que le corresponde y actualmente sigue vigente en su trabajo que sería primero pedir liquidación o hacer trámite de la pensión?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Osvaldo:
El porcentaje que le corresponde por el riesgo de trabajo depende de la INCAPACIDAD PERMANENTE que le haya ocasionado el siniestro y se encuentra manifiesto en el DICTAMEN que emitió SALUD EN EL TRABAJO. Dependiendo de esto, puede seguir trabajando y en algún momento podrá solicitar su pensión de cesantía. De acuerdo a su INCAPACIDAD PERMANENTE, se otorga una indemnización, o una pensión. Por riesgo de trabajo, la pensión es supervisada directamente por los servicios de Control de prestaciones de la Clínica.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ricardo dice
Buenas noches, quisiera conocer el procedimiento de pension de viudez sin poder tener la identificación oficial del asegurado. Ayuda por favor
Mi Pensión IMSS dice
Los requisitos de identificación son: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, documento migratorio, matrícula consular. Sin embargo, no es un requisito esencial que presente identificación. El trámite de su pensión se puede hacer sin identificación del asegurado.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ana Morales dice
Hola, mi mamá tiene 1387 semanas cotizadas en el imss, pero aun no cumple con la edad requerida, tiene 54 años, hay alguna opción para que pueda jubilarse ahora y seguir cotizando por los años que le falten haciendo sus aportaciones al imss? ella es del régimen del 73
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes:
Los requisitos para obtener una pensión son tres: Reunir 500 semanas cotizadas o más, tener un mínimo de 60 años y quedar cesante, esto es causar baja. En el caso de su mamá, no tiene la edad, no se puede pensionar. Existe el RETIRO establecido por la ley del seguro social de 1997 al podría tener derecho, y pensionarse antes de los 60 años, siempre y cuando con sus ahorros de la Afore, se garantice una pensión de por los menos un salario mínimo más un tercio. Pero ya no se puede seguir cotizando. En cuanto a la Ley de 1973, podría seguir cotizando cuando cause baja y tendrá la oportunidad de incrementar su pensión y solicitarla cuando reúna los requisitos de ley.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
jose calix dice
buenas tardes quisiera saber sobre la modadlidad 40. tengo mas de de 1400 semanas y empece a trabajar en 1988, pero tengo salario de 1000 pesos a la semana y quiero incrementar mi jubilacion
Mi Pensión IMSS dice
Sr. José:
Es deseable que invierta para que su pensión se mejore. Con esas semanas cotizadas tiene todas las posibilidades de aumentar su pensión en un buen nivel. Tan pronto cause baja se puede realizar el pago de la modalidad 40. Le podemos hacer un estudio para validar que tanto le impacta el pago de las primas y en cuanto tiempo. Sólo se necesita su número de seguridad social y su CURP. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Cesar Saldaña dice
Yo me jubilé hace 2 años en el IMSS, pero trabajé 8 años en el gobierno federal, me incorporé a un retiro voluntario en 1991, estos años no se pueden considerar para semanas cotizadas
Juan Luna dice
Quisiera obtener más información acerca de la modalidad 40 por favor
Felipe Gutierrez de Alba dice
Buenas tardes:
Una duda sobre pensión del IMSS.
Yo me jubilé a finales de Noviembre/2020, y me calcularon mi pensión.
En Febrero/21 inscribí a mi esposa en la pensión para que estuviera asegurada, y aparte leí que al inscribir a la esposa como asignación familiar te dan un 15% adicional.
El reporte de inclusión dice «Inclusión de beneficiaria esposa»; y el monto de lo que me depositan es prácticamente similar al inicial.
¿Es necesario algún trámite adicional?
GRACIAS
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Felipe.
Si al momento de pensionarse, no registro a su esposa, le dan un 15 % y se llama ayuda asistencial. Si la registra después, el 15 % que le darían se llama asignación familiar. Desde el momento que se pensionó le dieron el 15 %. El registrarla es sólo para que reciba sus servicios médicos. Esto es, con esposa o sin esposa, la ley sólo le da un 15 %. Por favor revise su resolución, allí se menciona la ayuda asistencial.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Manuel Lozano Uribe dice
Mi NSS: 21776009397, Mi CURP : LOUM600616HDGZRN03, ME GUSTARIA CALCULARAN MI PENSION, Y COMO MEJORARLA EN MODALIDAD 40. GRACIAS.
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes.
Sr Manuel, procedemos a atender su petición. En breve nos comunicamos con usted.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
German Carranza dice
Tengo 60 años y 5 años de estar aportando en modalidad 40, hice mi ultimo pago el 8 de marzo de 2021. Solicite mi baja de mod 40 en la subdelegación para iniciar tramite de pensión, pero no aceptaron mi solicitud por haberme inscrito en linea, Me dicen ahí que debo esperar uno o dos meses para que el sistema me de de baja automáticamente. Que puedo hacer? Me urge darme de baja.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Germán.
En efecto, la baja de modalidad 40 derivada de inscripción por internet es automática. Si hay que esperar pero no tarda más de un mes. Si se hizo presencial, entonces si tarda más de dos meses.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ma Eugenia Grande Flores dice
Hola quisiera registrarme para tener derecho a una pensión mediante el régimen 40, me haría favor de dar mayor información sobre los requisitos, Gracias de antemano
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Ma. Eugenia:
La modalidad 40 es la Continuación voluntaria del Régimen Obligatorio. Es una forma de seguir cotizando para aumentar las semanas o el salario promedio, o ambas. Se podría incrementar la pensión mediante este procedimiento. Para esto, es necesario analizar sus semanas y su salario promedio, calcular su pensión y hacer un estudio para ver en cuanto repercute la inversión que se puede hacer, esto es a cuanto llegaría su pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
ricardo garcia dice
en 1983 deje de cotizar al imss con 600 semanas de cotizacion, puedo tramitar alguna pension tengo 59 años
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Ricardo:
No va tener pensión debido a que sus semanas ya se vencieron. Es necesario que vuelva a cotizar. La ley establece que debe de cotizar un año para recuperar sus semanas y con ello su derecho a pensión, aunque en el seguro social recomiendan que se cotice el año más 2 o 3 meses.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Silvia Calvillo dice
Quiero sus servisis para inscribirme para la modalidad 40. Tengo entendido es en linea y cuesta $1,500.00. Que hago para obtener sus servicios.
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Silvia:
Solo envíe su número de seguridad social y su CURP, vía correo electrónico y le hacemos un Estudio para que conozca el importe de su pensión y como mejorarla mediante el pago de la modalidad 40.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Maria Rosalina Correa Perez dice
hola cordial saludo mi consulta es la siguiente yo inicie a cotizar desde el año 1992 hasta la fecha tengo cotizadas 1027 semanas y tengo 3 años que no estoy cotizando por que estoy sin trabajo y ya tengo 54 años de edad mi pregunta es si yo podría retirar esas saldo de pensión o que tengo que hacer para no perder ese dinero mi fondo de pensión es porvenir gracias por cualquiera información
Mi Pensión IMSS dice
Sra. María Rosalina:
Las semanas que cotizó tienen una conservación de derechos de casi 5 años a partir de la baja. Si se vencen, no va a tener derecho a su pensión. Es necesario que cotice en la modalidad 40, que es la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio para aumentar esta conservación de derechos que deben de ampararla a la edad de los 60 años. Para ejercer su derecho a pagar la modalidad 40, tiene hasta 5 años a partir de la baja para realizarlo. Se sugiere que realice este pago, aunque sea con su salario de baja. Si nos envía su números de seguridad social y su CURP, podríamos analizar su caso y darle fechas limite para que se continúe cotizando y no se pierdan sus derechos.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Paco dice
Estoy por cumplir 60 a. Quiero saber que pensión podré tener y si todavía puedo optar por la modalidad 40.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Paco:
Aún se puede utilizar la modalidad 40, esto le posibilitaría incrementar su pensión. Si gusta que le hagamos un proyecto, es necesario que por vía correo nos envíe su número de seguridad social, su CURP y su correo electrónico.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Salomon dice
Hola buenas tardes. Deseo ver si me pueden apoyar con una simulación de pensión de mi estado actual en caso de cerrar con las semanas cotizadas que tengo actualmente.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Salomón:
Claro que se puede, sólo se necesita que nos proporcione por correo su número de seguridad social, su CURP y su correo electrónico.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Alberto Ocampo dice
tengo resolución de pensión y me mandan por ley 97 , yo cotizo desde 1982,no entiendo a que me da derecho la resolución que me dieron.
tengo plazo para inconformar la resolución.
me pueden ayudar? Es urgente
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Alberto:
SE tienen 15 días para combatir la resolución. Necesitamos ver la resolución y la clase de pensión que solicitó. Si nos la puede enviar a nuestro correo electrónico, con gusto le informamos se procede su inconformidad e incluso se la elaboramos si lo desea.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jesus dice
Buena tarde, tengo 61 años, no creo tener las suficientes semanas cotizadas, ya que no en todos los trabajos, conte con IMSS. Actualmente cotizo desde el 2018. Mi salario es el minimo. Quisiera saber que puedo hacer par pensionarme lo mejor posible. Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Jesús:
Es importante ver las semanas que nos tiene registradas el IMSS, si no estuvieran todas es necesario reclamarlas. Para obtener una pensión, mínimo se tiene que cotizar 500 semanas, cumplir 60 años y en algún momento causar baja. Tendríamos que validar si sus semanas están completas y en su defecto, ver el procedimiento de como completarlas hasta obtener su pensión. Se necesita su número de seguridad social y su CURP para iniciar cualquier búsqueda de los antecedentes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Francisco Javier Rosas Romero dice
Hola necesito asesoría para ingresar a modalidad 40 .
Para mejorar mi pensión tengo 58 años.
Favor de comentarme si tiene algún costo la asesoría.
Gracias.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Francisco Javier:
El objetivo de cotizar en la CONTINUACIÓN VOLUNTARIA DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO, clasificada por el IMSS como MODALIDAD 40, es para completar las semanas o para incrementar su pensión. Es necesario hacer un proyecto de pensión para revisar si las semanas están correctas, calcular su pensión y ofrecer alternativas para incrementar el importe. El costo es de sólo $1,500.00. Con esta pequeña inversión sabrá como le repercutirá la modalidad 40. Sólo se requiere que nos envíe por correo su número de seguridad social y su CURP. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
jaime alcantar lopez dice
hola. Buenas tardes. en enero de 2022 si dios quiere tendré 60 y podre pedir mi pensión. tengo 1534 semanas cotizadas y tengo algunas dudas:
cuando se tiene o se puede hacer la proyección de pensión en la pagina del imss? y
es un tramite/documento obligatorio que hay que llevar al solicitar la pensión?
tiene mas de diez años que no trabajo y solamente una vez en 1998 me registre en la clínica que me tocaba y nunca mas volví a una clínica del imss, se tienen que registrar los documentos alli o en la subdelegación del imss?
en la pagina del imss dice que compare la documentacion con la afore, pero no me registra nada.
Mi Pensión IMSS dice
Señor Jaime:
Buenos días: Parte de los nuevos procedimientos del Seguro Social, es la PENSIÓN DIGITAL, donde establece la PROYECCIÓN de pensión que se realiza cuando se cumplen los requisitos de Ley para obtener la pensión. El comparar su documentación personal con su estado de cuenta de la Afore, quiere decir que sus datos sean los mismos, por ejemplo que su RFC CON HOMOCLAVE, coincida con los que aparecen en su estado de cuenta de la Afore. Si esto no sucede, hay que hacer las correcciones correspondientes. Por su gran número de semanas tendrá derecho a una pensión por la Ley de 1997. Si requiere apoyo para los trámites, cuenta con nuestros servicios.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
gustavo dice
buenas tardes. voy a requerir de sus asesorías en el mes de sep. ya que voy a cumplir 57 y quiero ingresar a la mod. 40.gracias.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Gustavo:
Es muy importe verificar si sus semanas están correctamente certificadas por el seguro social y validar el importe de su pensión e incrementarla por medio de la modalidad 40. Podemos hacerlo antes de esa fecha. Sólo necesitamos su número de seguridad social y su CURP.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Hilda Herrera dice
cual es el costo por5 tramitar la pensión en modalidad 40
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Hilda:
Si se refiere a que la asesoremos en el impacto que tendrá en su pensión si paga la modalidad 40, lo podemos hacer, solo requerimos su número de seguridad social y su CURP. Determinamos si sus semanas están totalmente reconocidas y cual será el importe de su pensión. El costo es mínimo, sólo $1,500.00.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Rosa Nelly Rodriguez dice
Buenas tardes disculpe ustedes me podrían asesorar para pensionarme, estoy pagando la modalidad 40 desde hace 3 años pagando 650 pesos mensuales y partir del mes de abril voy a pagar 781 pesos mensuales quisiera saber cuánto va ser mi monto de pensión cuando tenga 60 años xq en este año cumplo 58 gracias espero pronta respuesta gracias.
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días sra. Rosa Nelly:
Que bueno que hace el esfuerzo para seguir cotizando, sin embargo, la cotización que usted hace es de un salario bajo que no implicará que su pensión sea la mejor. Quizá si ya no cotiza tendrá derecho a su pensión aunque ésta no sea muy alta. Podríamos revisar su caso y hacer algunas sugerencias para que su pensión sea de un importe mayor.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
DINORA MOCTEZUMA AGUIAR dice
Buenas tardes,
Me pueden hacer favor de decirme si sus asesorías son gratuitas?
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días Sra. Dinora:
Verificamos su información con los datos que nos envió. El seguro social no está considerando la totalidad de sus semanas reales. Es necesario realizar reclamación de las semanas faltantes. Nos comunicamos con usted.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
RUBEN MARTÍNEZ dice
Requiero información de cómo obtener mi pensión con los mayores beneficios.
Gracias.
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. Rubén:
Es importante revisar sus datos registrados ante el IMSS, calcular el importe de su probable pensión y elaborar un proyecto para mejorarla. Para esto se necesita su número de seguridad social y su CURP. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Octavio Tapia dice
Buenas tardes, tengo una pension por enfermedad profesional en el IMSS, me la dieron por 2 años y me dijeron que al renovarla ya seria permanente y podria incrementar el porcentaje y ya esta por vencerse, quiero renovarla e incrementar el porcentaje pero me preocupa acudir a las instalaciones por la actual pandemia, ustedes me pidrian ayudar? Y cual seria el costo?
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. Octavio:
Parte del proceso de su pensión es que debe de acudir antes de vencerse su Pensión provisional. Es necesaria su presencia debido a que los servicios de Salud en el Trabajo tendrán que valorar si procede la pensión Definitiva o su alta médica. Para eso le practicarán diversos estudios de laboratorio. En ese momento validarán su porcentaje de Incapacidad. Pero es necesaria su presencia. Si no lo hace, se suspende la pensión. Si usted acude bien resguardado con las medidas de seguridad, verán su presencia. Hay protocolos nuevos de atención para estas situaciones creadas por la pandemia, le brindarán alguna alternativa. No se puede gestionar por terceros. No podemos participar en esta situación.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Abraham dice
Tengo 1055 semanas cotisadas , hace 14 meses me volvi a reactivar al imss , ya q no cotisaba desde el 2005 , y desde hace 15 años trabajo para el sector publico IPN , actualmente cuento con 62 años , que me recomiendan para pensionarme ?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Abraham:
Con la información que nos proporciona, es un candidato seguro para obtener su pensión del seguro social, aunque sería interesante que usted sepa cuando le darán de pensión y si ese importe lo puede incrementar. Podemos hacer un estudio acerca de su pensión y brindarle la posibilidad de que conozca su situación actual para que obtenga la pensión. Sólo necesitaríamos su número de seguridad social y su CURP. El seguro social ha modificado sus sistemas para verificar las semanas y han sido afectados por lo cual hay que hacer reclamaciones. En el caso de su tiempo cotizado con el ISSSTE, su pensión depende del régimen pensionario que haya elegido, ya sea el nuevo régimen de la Ley del Seguro Social o del artículo 10o. transitorio del mismo ordenamientol.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Apolonio rueda castillo dice
Mi pensión es por riesgo de trabajo cheque mi depósito de mi pensión y llevo mucho tiem po k no me depositan quito checar mis talones y me dice k no estoy registrado como puedo registrarme? No puedo ir ala oficina de pensiones porque me enferme del coco o donde me pueden ayudar mi número de as es 1681641573
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Apolonio:
El trámite de REANUDACIÓN DE SU PAGO, se realiza presencialmente presentando su INE y documentos que prueben su situación de pensión. Si no puede acudir, realice un escrito y una carta poder a quien pueda delegar su trámite explicando su situación de enfermedad exhibiendo alguna nota médica. El seguro le llenará una solicitud de aclaración y le reanudarán su pago. Es importante que verifíque sus semanas cotizadas para ver la posibilidad de obtener otra pensión a sus 60 años.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Apolonio:
Podemos interceder por usted para hacer la reclamación administrativa respectiva.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mario Castillo dice
Buenas tardes, soy discapacitado y me quedé sin empleo por accidente de trabajo, deseo entrar a la modalidad 40 pero no sé cómo se maneja, deje de cotizar hace 3 años, podrían asesorarme? Muchas gracias
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Mario:
Si es interesante pagar la modalidad 40, esto con objeto de que en algún momento pueda tener derecho a una pensión de Cesantía. Se tienen 5 años para realizar el trámite. Los requisito para poder realizarlo, es necesario haber cotizado por lo menos un año en los últimos 5 años anteriores a la baja. El pago se puede hacer con el salario de baja o con un salario superior. Sería menester verificar sus semanas cotizadas.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Paola Valera dice
Hola, buenas noches.
Tengo 69 años, deje de cotizar en el seguro en 1986, pero conseguí un trabajo en el que me van a pagar muy bien y asegurarme. Creen que me pueda jubilar en 1 año?
Mi Pensión IMSS dice
sRA. Paola:
Procederá su pensión si tiene usted por lo menos 10 años cotizados. Es necesario que verifique este dato. Con gusto le apoyo en el trámite y validación de sus datos para que en el momento en que recupere sus derecho pueda obtener la pensión y la pueda mejorar.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Ana Gabriela Buentello Cervantes dice
Buenas tardes, el 28 de febrero cumplo 60 años y deseo jubilarme, me dijeron que hay una forma de retirarme a los 60 años con el 100% de mi pensión, es cierto?
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Ana Gabriela:
La ley del seguro social utiliza tres parámetros esenciales para calcular su pensión, el salario promedio de sus últimas 250 semanas, sus semanas cotizadas y su edad. Se determina la PENSIÓN DE VEJEZ, que podría obtener y se le aplica un porcentaje de acuerdo a la edad en que solicite su pensión. Por ejemplo si tiene 60 años, le darán el 75 % de la pensión de Vejez que le corresponda, si tiene 61 años, el 80 % y así progresivamente. Nunca se da el porcentaje relacionado con el salario, es el porcentaje de la pensión de Vejez que le calculen, esto de acuerdo a su edad. Podemos visualizar cuánto percibirá de pensión y hacer un proyecto para incrementarla.
EDUARDO MERINO MENDEZ.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Leo dice
Buenas noches.
Cuál sería el proceso para gozar del beneficio de la jubilación si deje de cotizar al imss a mis 50 años de edad? Posteriormente solo me autoemple como taxista. Actualmente tengo 75.
Jessica dice
Buenas tardes. Cómo funciona la pensión por ascendencia?
Mi hermana falleció en junio de este año y mi mamá ya hizo los trámites pertinentes, ya tiene la resolución y el banco en el cual va recibir dicha pensión, ya que en un inicio le dijeron que le iban a dar todo en una exhibición y después que siempre no. A lo que voy es que ya que tiene la resolución, ¿cómo debe solicitar al banco para que le paguen lo de la pensión? Supuestamente le dijeron por teléfono los del banco que ya tenía hasta un número de póliza (ya se enviaron los documentos que solicitaron los del banco por correo), y ahora le dicen que no aparece en esa afore y que busque con el número de seguro social de mi hermana finada en la consar para ver en qué afore estaba.
Si pudieran ayudarme por favor, para ver qué es lo que debemos hacer ya que mi mamá es una persona de riesgo y no puede andar dando tantas vueltas a cada rato en el banco. Se le está pensionando por medio del IMSS.
Gracias!!
Mi Pensión IMSS dice
Jessica, buenos días:
Al realizar la solicitud de pensión, el Seguro Social solicitó el estado de Cuenta de la Afore. Genera la resolución de pensión el IMSS y le da a la Afore conocimiento. Esta Afore y el IMSS comunican a diversas aseguradoras que va a quedar pensionada. Le ofrecen distintos planes de pago en base a los ahorros del asegurado y éstas entidades se encargaran de pagar la pensión. Parte de los ahorros se le entregarán a la beneficiaria, las subcuentas restantes serán utilizadas para pagar la pensión. La Afore tiene la información de qué aseguradora va a pagar la pensión. No la paga el IMSS
Mi Pensión IMSS dice
Jessica:
La pensión la paga una aseguradora. Ella hace los trámites para hacer los depósitos. Muchas veces es tardado el trámite.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Raul dice
Buenos días . Yo tengo tengo una pensión en México y desde hace alrededor de 16 años no puedo cobrarla porque vivo en Estados Unidos. Habrá alguna manera de recuperarla atravez de internet?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Raúl:
Es necesario el trámite presencial o designar a un representante legal por medio de una carta poder notarizada para tramitar de nuevo el pago. Posteriormente se le podrá hacer depósito a la cuenta que designe y sólo pagará la comisión bancaria.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Leo dice
Buenas noches.
Cuál sería el proceso para gozar del beneficio de la jubilación si deje de cotizar al imss a mis 50 años de edad? Posteriormente solo me autoemple como taxista. Actualmente tengo 75.
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días sr. Leo:
Para obtener su pensión, es necesario que tenga usted 500 semanas cotizadas y que éstas se encuentren en Conservación de derechos. Si usted cotizó 10 años, la ley establece que debe de volver a cotizar un año para recuperar sus semanas y obtener su pensión. En su carácter de autoempleo, podemos cotizar las 52 semanas que pide la ley y obtener la pensión. Sólo se necesita su disponibilidad, su CURP y su número de seguridad social. Tenemos un plan para usted.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Armando Chairez dice
Hola qué tal buenas noches!
tengo 58 años y quisiera saber la pensión que obtendría al cumplir los 60 años, así como opciones para incrementarla
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Armando:
Con gusto le apoyamos para hacer ese proyecto de pensión que le dará elementos para tomar decisiones en cuanto a su pensión, sólo necesitamos su CURP y su número de seguridad social.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jessica dice
Hola buenas tardes me gustaría consultar ya q mi padre murió hace un año y medio hizo mi madre el trámite para la pensión y el aforé le negaron la pensión entonces solo queremos la negativo para que le entreguen el aforé pero el seguro dice q no puede subir nada por que le negaron la pensión mi pregunta es con quién tengo que acudir para que suban esa negativa al portal del aforé y mi madre puede recibir el dinero del aforé ya q el seguro no quiere subir nada y es obvio que si no suben la negativo el aforé no le da el dinero
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes srita. Jessica:
Uno de los requisitos para recibir los Ahorros de la Afore es que, en este caso la viuda, presente su Resolución negativa de pensión. El trámite es de inmediato, solo se tarde una semana para que lo expida. Es menester que se presente a la subdelegación administrativa que le corresponda al Departamento de Pensiones para que le emitan el documento, ellos deben de darle la respuesta, en caso de que no lo hagan, puede presentar una queja. En caso de que no lo hagan, podemos participar en que se consolide su caso. Envíe antecedentes a nuestro correo y con gusto le apoyamos.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Karen dice
Buenas noches, llevo meses intentando el trámite y ya tengo los documentos para solicitar la pensión en el imss pero ahora justo unos días antes de que vence el año me dicen que no por el acta de defunción, ya que aparece como «se ignora» en el estado civil y eso es porque fue un accidente y aunque en el registro civil dijeron que lo cambiarían, no lo hicieron y aún con el acta de matrimonio y demás documentos no me lo reciben. Ya no tengo tiempo de hacer esa corrección, que puedo hacer? Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Srita. Karen:
La razón que le exponen no tiene razón de ser. Se le sugiere que acuda a la Subdelegación administrativa del Seguro Social que le corresponda de acuerdo a su domicilio para que le den, por escrito la razón normativa que le impide hacer su trámite. Ese razón no esta normada.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Yoy dice
Buen día mi papá falleció en Matamoros Tamaulipas y estaba con la ley del 97 todavía, vivía con otra persona con la cual tuvo un hijo que ahora tiene 25 años, pero mi papá nunca se divorcio de mi mamá y mi mamá ahora quiere reclamar la pencion, mi mama vive en San Luis Potosí, ya intento meter documentación en el IMSS pero el acta de mi papá tenía un error en uno de sus apellidos y ya lo corrigió con el acta de matrimonio le solicitaron el estado de cuenta de aforé de mi papá y la primera vez k lo solicito si se lo dieron mostrando el acta de matrimonio pero como la corrección de acta de nacimiento tardo un mes y medio más o menos cuando se presentó a entregar documentos al imss le solicitaron otro estado de cuenta del aforé reciente y volvió a ir a solicitarlo pero esta vez ya no se lo quisieron dar ni mostrando el acta de matrimonio que porque necesitaban ahora la credencial de INE de mi papá y mi mamá no tiene la credencial ya que la persona con la que vivía en Matamoros metió documentación como concubina y está cobrando la pencion que mi mamá quiere reclamar pero es fecha que no a podido meter documentos por esas cuestiones de que no le quieren dar el estado de cuenta actual y en el IMSS no le quieren recibir el que ya tenia, mi mama tiene todos los documentos acta de defunción CURP de mi papá etc. Pero el INE no y saco un acta certificada de k no la tiene kn testigos pero no sé si sirva o que puede hacer?.a dónde puede acudir?
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días Yoy:
Hay que hacer un escrito dirigido a la Afore solicitando el estado de cuenta actualizado. Presentar acta nacimiento, defunción, matrimonio e identificación de la beneficiaria, explicando la necesidad de obtenerlo para tramitar la pensión. En caso de no poder obtenerlo por esa vía, solicitar que le den respuesta por escrito de la negativa de su gestión. En caso de no lograrlo, hay que acudir a la CONDUSEF para que le autoricen el trámite. Aunque con el estado de cuenta anterior, hay que apelar al Departamento de Pensiones para que le autoricen su trámite. Aducir que no se cuenta con la identificación del extinto debido a que no vivía en la localidad y generó otro grupo familiar. Al aceptar los documentos, buscarán antecedentes y suspenderán la pensión hasta que se aclare la situación. Con el acta de matrimonio actualizada, se combate el concubinato. Podrá obtener la pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
abigail rios bautista dice
tengo que sacar cita para asesorarme para la modalidad 40?
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días Lic. Abigail:
No es necesario solicitar cita. Con la información de su número de seguridad social y su CURP, iniciamos un análisis de su situación actual ante el seguro social, calculamos la pensión que obtendrá y hacemos un proyecto para que su pensión se incremente, mostrando plazo y cantidades que podrá invertir y el monto a obtener. Nos puede contactar a nuestro correo: [email protected] Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
José dice
Buen día Que documento requiere mi mamá para que le den la pensión de mi papá ya fallecido y si le pueden subir su pensión porque a mi papá solo lo pensionario por invalides y siento que falta la de se sentía se puede hacer algo al respecto
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. José. La pensión se solicita presentando los siguientes documentos: Del asegurado: Acta de nacimiento, acta de defunción, curp. De la beneficiaria: Acta de nacimiento, acta de matrimonio, CURP, RFC, comprobante de domicilio, una cuenta para que le depositen su pensión. La pensión corresponde al 90 % de la pensión que le correspondía al asegurado, sin prestaciones. No se puede incrementar. El trámite se hace directamente ante la clínica que le corresponda de acuerdo a su domicilio.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Miguel Rodríguez dice
Buen día.
¿Cómo funcionan las asesorías? tengo 61 años cumplidos y más de 1250 semanas cotizadas.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Miguel:
Las asesorías consisten en revisar todos los datos que tiene el seguro social de usted, verificamos que estén correctos, calculamos la pensión que podrá obtener y le elaboramos un proyecto para que se pueda incrementar. Sólo se necesita su número de seguridad social y su CURP. Con esta información podrá tomar decisiones para tener la mejor pensión de acuerdo a sus tiempos cotizados y sus salarios devengados.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes.
La asesoría consta de la verificación de las semanas que estén correcta, el cálculo de la pensión y un proyecto para aumentar su pensión. Se necesita su número de seguridad social y su CURP.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Sergio Carlos Xochihua Nuñez dice
Hola. Soy viudo y único beneficiario de mi difunta esposa.
Que documentos debo presentar y en qué oficina para tramitar mi pensión.
Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días sr. Sergio:
Para solicitar la pensión de Viudez-hombre, deberá recabar los siguientes documentos:
Del asegurado: Documento que contenga el número de seguridad social, Acta de defunción certificada reciente, CURP, Estado de cuenta de la Afore (si no estaba pensionada). Del beneficiario viudo: INE, CURP, comprobante de domicilio, RFC, Acta de matrimonio, reciente, acta de matrimonio y un cuenta bancaria para recibir su pensión. Si tuviera algún problema, con gusto le apoyamos.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Israel González dice
Buenas tardes, tengo 60 años y tengo 30 cotizando al issste lamentablemente escogí pensionarme por la nueva ley, ¿hay manera de pensionarme por el décimo transitorio? Por otra parte cotiza 8 años al imss puedo solicitar pensión también?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Israel:
Si usted eligió la ley del ISSSTE de 2007, no hay forma de cambiar de régimen. Para obtener una pensión del seguro social, es necesario que complete las 500 semanas cotizadas, esto es, 10 años cotizados. Sería una buena opción para usted.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jaime Garcés Corella dice
Buenas tardes. Tengo una pregunta. EL 2 meses cumplo los 60 años de edad. actualmente estoy trabajando por honorarios ¿puedo hacer mi trámite de la pensión por cesantía estando trabajando por honorarios?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Jaime:
La pensión se la van a otorgar si sus semanas cotizadas se encuentran en conservación de derechos. El trabajar por honorarios, es un tiempo no cotizado. Se necesita ver si sus semanas cotizadas amparan su fecha de nacimiento. Si me envía su número de seguridad social y su CURP, le podremos dar mas información.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
juan quezada gonzalez dice
buenas tardes soy medico,cuento don dos afores siglo xxi,y pensionisste,quiero jubilarme, han rechazado mi expediente electronico en afore xxi,argumentando que como cuento con dos cuentas, debo unificarlas en una sola , en este caso,en pensionisste,( aqui decidi por el regimen 10 transitorio)me podrian asesorar en lo referido?
Mi Pensión IMSS dice
Dr. Juan:
En efecto debe de elegir una sola AFORE, la cual llevaría el registro de sus ahorros tanto del IMSS como del ISSSTE. Posteriormente podrá realizar todos sus trámites. Aunque decidió tomar el 10o. transitorio, existen recursos que se deben de registrar en una sola AFORE. Puede elegir la que usted guste.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Armando Echeveste dice
Hola tengo 52 años y tengo una pensión parcial entre 25 y 50%, puedo aspirar a una pensión por cesantía ?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Armando:
Por supuesto que puede aspirar a una pensión por Cesantía. Es necesario validar si aún conserva sus derechos para pagar su seguro voluntario o volver a cotizar para recuperar sus derechos. Si hay compatibilidad de pensiones, puede disfrutar de las dos si reúne los requisitos.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Armando:
La pensión que usted tiene es originada por un RIESGO DE TRABAJO y existe compatibilidad con la Pensión de Cesantía debido a que pertenece a otro seguro. Será necesario validar los datos para ver si no tiene que realizar alguna acción, esto es, volver a cotizar. Si nos envía sus datos, con gusto revisamos si puede aspirar a la pensión, sólo necesito su número de seguridad social y su CURP. Estoy a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Rafael Serrano dice
A buenas tardes. A mi me faltan varias semanas que el imss no tiene en su reporte. De septiembre 1979 a enero 1983. ¿Ustedes ofrecen el servicio de búsqueda manual de semanas ante el imss? Y de ser así ¿cuánto cobran por dicho trámite?
Mi Pensión IMSS dice
SR. RAFAEL:
Con la nueva forma de certificar los derechos del IMSS, no otorgan todas las semanas, hay que recuperar esas semanas que se encuentran en archivos físicos. Con gusto lo podemos ayudar. El cobro es sólo de $1,000.00. Requerimos de diversa información para realizar el trámite.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Rafael:
Con gusto lo podemos apoyar para realizar el trámite de la reclamación de las semanas. El costo es de sólo un mil pesos. Necesitamos sus datos para iniciar la búsqueda.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Eva licona García dice
Quiero saber si mi mama de 52 años puede pencionar es deabetica y en estos momentos se encuentra muy mal ya no puede caminar y tiene 14años trabajando
Mi Pensión IMSS dice
Srita. Eva:
Le pido por favor me envíe su número de seguridad social, la CURP y su correo electrónico para validar si tiene derecho a solicitar la pensión. tan pronto verifiquemos su derecho le diremos el procedimiento para obtener su pensión. Espero su información.
EDUARDO MERINO MENDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
sra . EVA:
Es posible si su mamá tiene sus semanas cotizadas vigentes. Por la enfermedad, se puede solicitar una PENSIÓN DE INVALIDEZ. Podríamos validar su derecho y recomendarle la forma de iniciar el trámite. Se necesita su número de seguridad social y su CURP. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Elizabeth Botello dice
Hola buenas tardes quisiera saber el costo de todo el trámite de pensión
Mi Pensión IMSS dice
SRA. ELIZABETH:
Nuestra asesoría comprende el análisis de sus datos registrados en el seguro social, la validación de su derecho, el importe de su pensión y la forma de mejorarla. Por ese análisis, se cobra sólo $1,500.00 y usted tiene toda la seguridad de que, en el momento que usted lo decida, pensionarse con rapidez reconociendo todos sus derechos conforme a la Ley. Sólo se necesita que nos envíe su CURP y su número de seguridad social. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Kevin Maurcio Gonzalez Lopez dice
Buenas tardes,
Mi padre tiene la siguiente situacion,
Dejo de trabajar estos ultimos años, alrededor de 4-5, y ademas me comenta saco 70 mil pesos de su retiro,
Esta pronto a cumplir sus 60 años y por loq ue tengo entendido no le darian su pension,
El me comenta que por su tiempo trabajado tiene las suficientes semanas para jubilarse si regresa los 70 mil que saco de su cuenta de retiro,
Espero me puedan apoyar con esta situacion,
Saludos.
Mi Pensión IMSS dice
sR. kEVIN:
Es importante revisar el número de semanas y consideramos que urgente, debido a que se tienen 5 años para pagar el seguro voluntario y no perder los derechos. Nos gustaría verificar su caso mediante nuestro análisis. Por favor envíeme la documentación con que cuenta. Urge revisarlo.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
BERTHA ARMAS OLVERA dice
Hola buena tarde, hoy fui al dictamen ya que me evaluaron que no puedo seguir trabajando por una caída que tuve rumbo al trabajo y me operaron ya no quede bien , me ayudan a saber que es lo que me corresponde ya que solo me quieren dar 1000 pesos mensuales de por vida con seguro pero no puedo sobrevivir con esta cantidad me ayudan porfavor
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Bertha:
La pensión que le está otorgando el seguro social es por un Riesgo de trabajo y se otorga de acuerdo al grado de incapacidad permanente que le causó el siniestro. En caso de que no pueda seguir trabajando, es necesario combatir la resolución que le entreguen, con el argumento de que no puede trabajar. Hasta que no cuente con la resolución de pensión no se puede hacer nada. Acepte la pensión que le brindan y después podemos revisar su situación.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jaime Garcés Corella dice
Buenas Noches,
Mi situación es la siguiente:
Yo tengo 59 años y el 13 de diciembre próximo cumplo los 60 años. Tengo 1,085 semanas cotizadas en el IMSS y tengo mis derechos vigentes. Mi última relación laboral la terminé como renuncia voluntaria (mi hoja de baja del IMSS indica «Separación Voluntaria» como causal de baja) y se terminó el pasado mes de Julio.
Mi pregunta es ¿en la situación que explico arriba todo está en orden para poder solicitar mi pensión y no tenga ningún problema? Según tengo entendido, como aún no he cumplido los 60 años no importa la causal de baja ¿es esto correcto?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Jaime:
En efecto, no importa la causal de baja para obtener la pensión, la ley del seguro social dice que: debe de quedar privado de trabajo remunerado. Con los datos que usted manifiesta, si tiene derecho a su pensión. Debe de conocer antes de tramitar su pensión, cuánto va a cobrar y conocer la forma de poder aumentar el importe de su pensión. Le podemos ayudar en esta situación, sólo se necesita su anuencia, su número de seguridad social y su CURP. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Rosalia dice
Buenas tardes:
Me podrian ayudar soy paciente oncologica y trámite una pensión en el imss la cual me autorizaron como definitiva, pero al acudir a firmar a la subdelegación me me dijeron que me la negaron por las semanas cotizada y que necesito un porcentaje del 75% de calificación de la parte medica para que me puedan autorizar.
Y el problema es que no puedo trabajar y en mi empresa ya llenaron mi puesto aparte de que mi enfermedad me la detectaron estando embarazada tengo un bebe de un año y soy mama soltera.
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Rosalía.
La ley del seguro social establece que para obtener la pensión de invalidez se deben de cotizar 150 semanas si su invalidez es de 75 % si es de menor porcentaje, se necesitan 250 semanas. Por favor envíe sus antecedentes escaneados a nuestro correo para validar la información y verificar si se puede hacer algo. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
MANUEL MARTINEZ dice
HOLA BUENAS TARDES ANDO ARREGLANDO MI PENSION PERO ME DAN LA MINIMA Y QUIERO INSCRIBIRME A LA MODALIDAD CUARENTA, PREGUNTO QUIERO PAGAR SOLO UN ANO Y NO QUIERO PAGARLO POR MES SI NO DAR UN MONTO DE 40,000 PESOS EN UNA SOLA EXIBICION SE PUEDE
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. Manuel:
La modalidad 40 se paga a partir de la baja. Se puede pagar en forma retroactiva desde esa fecha a la actual con el salario topado. Tendremos que validar el número de semanas, esto incide directamente en el cálculo de su pensión. Si gusta, le podemos hacer un estudio para ver el impacto de la inversión que usted quiere realizar.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
J esús Zavala Rivas dice
Buenas tardes.
En marzo deje de cotizar al IMSS, pero también tengo el ISSSTE e ISEMYM.
Quiero una asesoría para planificar una buena pensión.
Me pueden mandar información al correo, por favor?.
Gracias.
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. Jesús:
Los 3 regímenes en los que cotizó son distintos en los requisitos para la pensión. Sólo existe portabilidad en el IMSS y el ISSSTE, sólo si su cotización es en las Leyes de 1997 y 2007 respectivamente. Es necesario contar con su número de seguridad social del IMSS y respecto al ISSSTE, debemos saber si pertenece al artículo 10o. transitorio o a la Nueva Ley. Conociendo estos datos podremos darle su asesoría.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Martha Guarneros dice
Hola buenas tardes les solicito asesoría podrían contactarme a mi email.. Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes srita Martha:
Con gusto nos dirigimos a su correo.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Luis dice
Test comentario
Mi Pensión IMSS dice
Respuesta inmediata
elias dice
hola
buenas tardes
soy elias estoy en el.imss y la ptoxima semana voy a trsmitar mi pension
tengo la duda si es knes imss a incluido todas is semanas ke cotice y o a emitido.slguas y cm.podria invedtigar ok gracias
Mi Pensión IMSS dice
Señor Elías:
Debido a un nuevo procedimiento en la certificación de los derechos, el seguro social sólo está emitiendo semanas cotizadas del período de 1982 a la fecha. Es necesario hacer reclamación de las faltantes. Es necesario que antes de realizar su solicitud de pensión, que ya se inicia por medio de internet, se verifiquen si sus semanas están totalmente registradas. Es necesario que cuente con un correo electrónico, su número de seguridad social y su CURP, para accesar a ellas. Lo puede realizar por medio de la página WEB del IMSS o si gusta le apoyamos y se las hacemos llegar. Elaboramos un estudio de como esta su situación, calculamos la pensión que va a recibir y le hacemos un proyecto para incrementar el importe. Nuestro correo para recibir información es: [email protected]. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
LTHTORRES dice
BUEN DIA PUEDO REALIZAR LA PORTABILIDAD DE ISSSTE A IMSS AUNQUE ESTE EN MODALIDAD 40
que costo tiene hacer un proyecto de pension con ud y se es en persona
Mi Pensión IMSS dice
Sr. LHTORRES:
La portabilidad de ISSSTE AL IMSS es factible si en ambos regímenes pertenece a la Ley nueva del ISSSTE y a la nueva del IMSS. Esto es, si cuando se generó la Ley del ISSSTE de 2007, optó por el sistema de cuentas individuales y tiene usted más de 1250 semanas en el IMSS, podrá solicitar la portabilidad, esto es, sumar los ahorros de ambos regímenes y buscar una sola pensión la cual estaría sustentada con los ahorros de su Afore. Lo de la modalidad 40 quiere decir que está vigente. Para hacer un proyecto, es necesario saber la antigüedad en el ISSSTE y contar con su estado de cuenta de la Afore, el número de seguridad social del IMSS, su CURP, su correo electrónico. Las asesorías se realizan por correo electrónico, por whats app, video llamadas y tiene un costo mínimo de $1,500.00. Estamos a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Antonio dice
Tengo 64 años 833 semanas quiero aportar salario topado 3 años la pregunta me conviene modalidad 40 para mejorar mi pensión?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Antonio:
Si le conviene. Será necesario medir por medio de un Proyecto de pensión, el impacto que tendrá la inversión que va a realizar. Con números, verá que tanto le aumenta su pensión y tomará decisiones. Para esto, tendremos que verificar que sus datos estén correctos, calcular su pensión presente y hacer cálculos para que vea cuando aumenta en un año, dos años y los 3 años que desea usted. Estoy a sus órdenes para realizar su proyecto.
Estoy a sus órdenes. Sigo a sus órdenes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Jorge Celeiro dice
Llevo los últimos 7 años trabajando en México y antes trabaje 22 años en España. Siempre he cotizado. Estoy a punto de cumplir 60 años. Dónde tengo que pedir pensión? Que es lo que me conviene?. De jubilarse en México con que ley lo haría ya que aquí pago Afores.
Mi Pensión IMSS dice
SR. JORGE:
Existe un convenio MEXICO ESPAÑA, en el cual se establece que se pueden sumar los tiempos cotizados y se puede disfrutar de la pensión en el país en que usted resida. Si va a hacer en la ciudad de México, el Instituto deberá a petición suya, solicitar sus tiempos que laboró en ESPAÑA y adicionarlo a los derechos que ya creo en México. Deberá decidir dónde pedirá la pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ
Jesus Heriberto Caraveo Macias dice
Buenas Tardes: Tengo 55 años y quisiera hacer algo desde ahora para que cuanto llegue el momento de pensionarme sean un poco mas atractivo el monto de la misma, tengo una duda, Si tengo dos empleos y en ambos cotizo en el IMSS, ¿Estos dos salarios diarios integrados se suman haciendo uno solo para efectos de pensión? De antemano gracias, y muy probablemente requeriré de sus servicios.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. JESUS HERIBERTO:
En efecto, los salarios se suman en los períodos en que usted cotice simultáneamente, afectando el salario promedio de las últimas 250 semanas que se considerarán para el cálculo de su pensión. Es conveniente que obtenga sus semanas para revisar si están contabilizadas la totalidad de las mismas, esto debido a que el Seguro Social cambió su forma de certificar sus derechos y en muchas ocasiones no aparecen el total de las mismas y hay que efectuar reclamaciónes.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Reyna Rentería Ravizé dice
Quiero hacer mi tramite para mi pensión me pueden accesorar
Antonio Vidal Navarro dice
Estoy pensionado por el IMSS desde 2010 y llevo viviendo en España 8 años. ¿ESs factible que el IMSS me deposite mi pensión mensual en un banco español?
Gracias
Mi Pensión IMSS dice
SR. Antonio:
Existe convenio entre España y México en relación a las pensiones. En dicho convenio se pueden sumar las antigûedad y se puede cobrar la pensión en el país en que usted resida. En España deberá acudir a la Embajada o Consulado Mexicano para hacer el trámite y validar los bancos que están autorizados para hacer las transferencias.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Brenda dice
Solicito inf para proceso de pension
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Brenda buenas tardes:
La Ley del seguro social establece 3 requisitos para obtener una pensión: cumplir 60 años o mas, reunir por lo menos 500 semanas de cotización y estar en baja. El proceso para solicitar la pensión se comienza reuniendo diversos documentos, obtener una cuenta bancaria e iniciar el trámite vía internet. Previo a esto, conviene verificar que su información esté correcta, conocer el importe de su pensión y validar la posibilidad de aumentar el importe. Elaboramos un estudio para analizar su caso y con esto agilizar su pensión y que se óptima.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Carlos dice
Buenas tardes, mi nombre es Carlos garduño, me presenté el 6 de mayo de este año a tramitar mi pensión por vejes ante la UMF 75 del IMSS, entregue toda la documentación que me solicitaron para llevar a cabo el trámite, un mes antes solicite la aclaración de semanas cotizadas en linea a la Subdelegación LOs Reyes la Paz, me contestaron el 29 de abril y con ese informe de semanas cotizadas llevé a cabo el trámite, me indicaron en la ventanilla que tenían que hacer una certificación tradicional, el caso es que ya pasaron dos meses y aun no tienen resultados, me dicen que la Subdelegación tarda mucho tiempo en estos caso, mi pregunta es: ¿qué puedo hacer para agilizar el dictamen o respuesta?
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes Sr. Carlos:
A estas fechas ya debe de estar su pensión otorgada. Tan pronto le entregaron su RESOLUCIÓN DE PENSIÓN, el reglamento de Inconformidades establece un plazo de 15 día hábiles para presentar un inconformidad. Por la pandemia, el seguro social está siendo flexible en estos tiempos por lo cual, cuando tenga el resultado de sus semanas, podrá realizar su inconformidad. En caso de requerirlo, lo apoyamos con todo gusto.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Manuel dice
Buena tarde, actualmente tengo 1130 semanas cotizadas en el IMSS pero aun no tengo los 60 años, como puedo tramitar una pensión anticipada, que necesito ir haciendo para cuando cumpla las 1250 semanas
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sr. MANUEL:
La pensión que usted solicita se llama PENSIÓN DE RETIRO y la establece la NUEVA LEY DEL SEGURO SOCIAL, por lo cual primero debe de reunir 1,250 semanas cotizadas y que los ahorros que tenga en la afore sustente por lo menos una pensión garantizada mas un tercio. En su momento, dependerá del monto que tenga en su afore. Lo que debe de hacer es crecer sus ahorros mediante aportaciones voluntarias y crear un buen monto para que de ese dinero se sume a sus ahorros y pueda obtener la pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ
Luz Martínez dice
Tengo 60 años y ya quiero tramitar mi pensión. Ustedes brindan el servicio de gestión o sólo dan asesoría?
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes sra. Luz:
Proporcionamos una asesoría completa que incluye el análisis de sus tiempos cotizados, sus salarios, le informamos la pensión que va a percibir, le informamos acerca de su Afore y sobre todo le hacemos un proyecto de pensión donde valorará si desea mejorar su pensión. Le apoyaremos en sus trámites que la mayoría son en línea y le podemos iniciar su pensión vía internet como ya se instituyo por parte del Seguro Social. En algún momento se requerirá su presencia para la entrega personal de su Resolución de pensión. Con gusto le asesoramos. Necesitamos su correo electrónico, número de seguridad social, CURP y su decisión de ir a la segura en cuanto a su pensión apegada a la Leye del seguro social que le convenga, ya sea la de 1973 o la de 1997. Denos la oportunidad de servirle.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ
Carlos Zamora Carranza dice
Tengo 62 años y me quiero jubilar a los 63 años, pero me comentaron en el afore que no era necesario trabajar todo el año para retirarme con el 90% de mi salario promedio, conque trabajara 6 meses y un día ya aplicaba para el 90% de mi salario, es verdad?
Mi Pensión IMSS dice
SR. CARLOS:
Algo hay de verdad en lo que le refirieron en la AFORE. El artículo 171 de la Ley del Seguro Social de 1973, establece que: Se aumentará un año a los cumplidos cuando la edad los exceda en seis meses. Lo erróneo es que no se va a ir con el 90 % de su salario promedio. Le darán el 90 % de la pensión de Vejez que le hubiera correspondido de haber alcanzado los 65 años. Quedamos a sus órdenes para validar el importe de su pensión y hacer un proyecto para que pueda incrementar su pensión. Todas las pensiones dependen de las semanas y los salarios cotizados. Entre más semanas y mayores salario, mayor pensión.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Alfredo Félix Vega dice
Buenas tardes que pensión puedo alcanzar si invierto ,5 mil pesos mensuales por tres años en la modalidad ,40 tengo ,60años
Mi Pensión IMSS dice
SR. ALFREDO:
La pensión se determina considerando las semanas cotizadas y los salario devengados. Para dar respuesta a lo que usted solicita y necesita, es necesario hacer un PROYECTO DE PENSIÓN, analizando sus datos, informando la cotización que puede hacer, en determinado tiempo y cuánto puede alcanzar. Le hacemos dos escenarios y de allí puede tomar la determinación para pensionarse. Sólo se necesita que decida que lo apoyemos y que nos proporcione su número de seguridad social, CURP y correo electrónico. Vale la pena hacer el esfuerzo de invertir debido a que la pensión en un futuro puede ser nuestro ingreso total.
EDUARDO MERINO MENDEZ.
Virginia dice
Buenas tardes, tengo varias dudas, espero me puedan ayudar. Empecé a cotizar al IMSS en el año 82, dejé el trabajo y vovlí en el año 2003, por lo que estoy con la ley anterior al 1997, hasta el momento tengo 977 semanas cotizadas y desde hace 5 años pago modadlidad 40, pero además cotizo para el issste con 754 semanas. Este mes termino de pagar los 5 años en el imss de la modalidad 40. Mis preguntas son: que tanto me conviene solictar mi pensión en el imss con 977 semanas y recibir los recursos del fovissste de manera independiente o juntar las semanas imss e issste que serían un total de 1631 semanas. El problema creo que es que cuando se juntan las semanas sería con el último de los trabajos (imss/issste), pues este mes de junio dejo de pagar la modalidad 40. Tengo casi 58 años por lo que continúo trabajando para el issste hasta los 60. No se si puedo solicitar el reingreso a la modalidad 40 antes de solicitar baja del issste, y así juntar las semanas con el imss. O también solicitar la pensión adelantada 58 años en lugar de esperarme a los 60. Cúal es mi mejor opción?
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Virginia:
Para poder utilizar la portabilidad es necesario que las leyes que protejan su pensión sean las nuevas, esto es, la Ley del Seguro social de 1997 y con la cual deberá cotizar mínimo 1,250 semanas y la nueva Ley del ISSSTE de 2007, que establece 28 años de antigûedad para una Jubilación. En su caso no podrá juntar los recursos contenido en su Afore para una sola pensión debido a que le faltarían muchas semanas. Para su pensión del seguro social debe de reunir 3 requisitos: tener 60 años o más, 500 semanas cotizadas por lo menos y causar baja. Y en el ISSSTE debe de reunir la antigûedad y de acuerdo a lo ahorrado en su cuenta individual se pensionará o jubilará. Todo esto a menos que pertenezca al artículo décimo transitorio.
Considero que se debería revisar su pensión del SEGURO SOCIAL, haciendo un estudio que le informe si tendrá derecho a la pensión, de cuánto será el importe y si aumenta su cotización, a cuánto ascendería la pensión.
Estamos a sus órdenes para realizar este estudio que le daría seguridad.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
aide partida dice
buenas tardes, disculpe mi pregunta es, mi esposo fue pensionado del seguro social y por necesidades tuvo que emigrar a estados unidos y dejo de cobrar su pensión, ahora regresa de estados unidos y quiere saber si puede recuperar esta pension despues de 23 años.
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días Sra Aide.
Es posible recuperar su pensión. Aunque si menciona que fue hace 23 años va a ser problemático debido a que los archivos del seguro social se han modernizado y lo de ese tiempo era papel de lo cual es difícil que existan antecedentes. Conociendo la situación y problemática a la que se va a enfrentar para recuperar su pensión, le ofrecemos nuestro servicio de asesoría. Si tiene su credencial de pensionado, por allí se iniciaría la reclamación. Hemos logrado reestablecer casos similares aunque si hay tardanza en la respuesta. No hay necesidad de demandar al seguro social, sólo reclamar en forma eficaz. Puede contactarnos y con gusto le brindamos la certeza de recuperar su pensión.
Luis Antonio Nevarez Merino dice
Buenas tardes. en Agosto cumplo 57, estoy desempleado desde junio de 2018. No he podido colocarme en otra empresa desde que me quede sin trabajo. Solicite a mi afore la ayuda de desempleo en 2018. Es posible adelantar mi jubilacion por desempleo? tengo segun la pagina del IMSS 1248 semanas cotizadas.
Muchas Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Luis Antonio:
Abundando un poco en la respuesta que se le dio vía correo electrónico, la Ley del seguro social de 1997, contempla La pensión anticipada. Para ésto, debe de reunir por lo menos 1250 semanas y garantizar cn sus recursos de la Afore, por lo menos una pensión de un salario mínimo más un tercio. Para optar por esto, debe de tener por lo menos un millos y medio de pesos en su ahorro. Caso contrario, hay que validar si sus semanas cotizadas mediante la conservación de derechos, que es un tiempo igual a la cuarta parte de su tiempo cotizado, lo ampara cuando tenga 60 años y aunque ya no cotice tendrá derecho a una pensión. Si no alcanzará el derecho, tiene 5 años a partir de la baja para completar las semanas mediante la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio. Nos ponemos a sus órdenes para verificar tal período y hacer un proyecto de pensión para que tenga la tranquilidad de una pensión a futuro mediato.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Luis Fernando May Yañez dice
Buenas tardes mi nombre es Luis Fernando May Yañez, quisiera ver que posibilidad hay que me puedan ayudar.
Mi problema esta en que estoy empezando con el tramite de mi pensión, pero al ir a la Sub Delegación me dicen que tengo 943 semanas cotizadas, cuando en mi hoja de vigencia de derechos tengo 1084, revisando el historial puedo ver que no están tomando en cuenta los dos primeros trabajos que son de 1979 a 1981
Me comentan que buscara en la pagina del IMSS para poderlas rastrear, pero me arroja exactamente lo que ellos me dicen 943
Como puedo reclamar esas semanas cotizadas para poder seguir con mi tramite de pensión?
Espero puedan ayudarme
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Luis Fernando:
En las semanas que obtuvo por medio de la páqina del IMSS, tiene un texto donde le dice que usted puede reclamar las semanas por medio de internet. Sólo hay que presentar evidencia documental y manifestar los períodos laborados. Es importante proporcionar los domicilios de los patrones en virtud de que el Instituto va a referir la búsqueda a cierta oficina donde se guardan los antecedentes. En caso de requerir nuestro apoyo, debido a que el trámite tiene cierta dificultad, por favor comuniquese con nosotros.
carlos nahum bustamante montesinos dice
Buenas tardes, primero deseo saber si pueden ayudarme y si estoy bien o mal en mi tramite:
Resulta que ya tengo 60 años el ultimo año y medio después de mi ultimo patrón me inscribió en la modalidad 40 con el tope marcado,
Tengo 586 semanas ya que me quitaron 35, pero bueno son 586 ya registradas en mi ultimo reporte de semanas cotizadas.
Mi ingreso promedio en las ultimas 250 semanas es de $39,549.25 mi cesantia por mi edad es del 75% lo que se presupone que me debería quedar en
$29,661.94 pero resulta que meto el tramite y me informan que solo me corresponden como $6,500.00 pesos en total mensual, ya que ellos usan otra tabla interna a la cual no tenemos acceso y no nos pueden mostrar y ahí se hacen varios descuentos y eso es lo que me corresponde. puedo interponer una inconformidad? y saber con su experiencia si me están jugando el dedo aprovechándose de al gente y si me pueden ustedes ayudar.
Mi email es [email protected]
Gracias soy Carlos Bustamante
Mil gracias
Mi Pensión IMSS dice
Sr. CARLOS HANUM:
El cálculo de la pensión que usted hace no es el que establece la Ley del Seguro Social de 1973, que es la que le ampara en estos momentos. La Ley establece los lineamientos para obtener la pensión y aplica esa tabla que usted menciona y que se encuentra en el artículo 167 de la mencionada Ley. Por lo que entendemos su pensión ya la acepto. En un texto de la resolución que le fue entregada,se le informa que tiene 15 días hábiles para presentar una inconformidad. Podríamos revisar el proceso y las cifras que utilizó el seguro social para determinar si se hizo en forma correcta su pensión. Sólo necesitaríamos un historial laboral y la mencionada resolución. Si usted gusta, por favor envíe la documentación mencionada y validamos su caso. Buenas tardes.
Abel Cuamatzi Castillo dice
Buenas noches disculpe me gustaría saber si me conviene seguir con el proceso de modalidad 40 o como me podría ayudar ya q tengo 77 años pero un año q me pensióne desgraciadamente confie en personas que lo único q hieron fue mentir q al cabo de un tiempo solo me defraudaron lo único cierto es q me pongo en contacto con usted para saber si hay alguna manera de que me pueda ayudar con la modalidad 40 y mi pensión se eleve le adjunto mi hoja de resolución y mi copia de credencial espero usted me pueda ayudar gracias
Mi Pensión IMSS dice
Buenos días sr. Omar.
La modalidad 40 es la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio y se utiliza para incrementar las semanas o para aumentar el salario promedio. Se realiza antes de que se obtenga la pensión, posteriormente ya no es posible. En su caso, y obtuvo la pensión. Vale la pena revisar si fue elaborado conforme a derecho, en ocasiones se puede combatir el documento y rectificar la pensión por alguna omisión del Seguro Social. Si nos hace llegar su Resolución a nuestro correo, con gusto valoraremos su situación. Agradecemos se haya comunicado con nosotros.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Abel, la respuesta se la día al sr. Omar que es el correo que nos cita. La respuesta ya se la enviamos.
Jose Ramirez chavez dice
Gracias por contestarmre y si me interesa saber con cuanto me pencionarua solo digame de que manera le mandaría mis datos
Mi Pensión IMSS dice
Sr. José, puede ser por correo electrónico o por whats app. Le menciono nuestro correo: [email protected] o a los teléfonos 55 25 95 67 50, 55 61 09 52 99. Esperamos su información.
Estamos a sus órdenes.
Eduardo Merino Méndez.
Mi Pensión IMSS dice
Sr JOSÉ:
Iniciamos el estudio que nos solicitó el cual le llegará en breve a su correo electrónico. Buena tarde.
Eduardo Merino Méndez.
Jose Ramirez chavez dice
Yo quiero pencionarme con el regimen del 73 tengo 1236 semanas cotisadas y me gustsria me asesoraran para saver cusnto recibiria de pencion
Mi Pensión IMSS dice
Buenas tardes SR. JOSÉ:
Le agradezco que se haya comunicado con nosotros. Tenemos la posibilidad de validar todos sus datos y informar cuál será el monto de su pensión, al mismo tiempo le generaríamos un PROYECTO de su pensión para que se pueda incrementar. Le brindaríamos 2 escenarios para su inversión la cual sería directamente al Seguro Social. Sólo necesitamos que se decida, que nos envíe su número de seguridad social y su correo electrónico. Abundaríamos sobre los ahorros que tiene en su AFORE y le indicaremos el proceso para que los pueda recuperar. Por el problema mundial que padecemos, nos podría enviar su información por nuestros distintos medios de comunicación o hablarnos directamente.
Decidirse a una buena asesoría es fundamental para no entrar con los ojos cerrados y recibir un pensión que no apoye nuestro tiempo de Jubilación. Espero su información y su decisión.
jose reyes pimentel garcia dice
Buenas tardes, mi hermano y yo utilizamos el programa de incorporación para trabajadoras del hogar, esto para actualizar las 56 cotizaciones que el seguro nos está pidiendo, por que dejamos de trabajar más de cinco años seguidos cada uno.
Javier mi hermano 65 años, 1520 semanas cotizadas reconocidas por IMSS y Yo 589 semanas IMSS más 1248 cotizaciones ISSSTE (hojas de trabajo) 67 años.
La pregunta seria; estamos en el rumbo correcto, a la fecha hemos pagado cinco meses de cotizaciones al IMSS con un salario mínimo. Recibimos servicio médico, farmacia, etc.
Esto será reconocido por el IMSS para actualizar y dar paso a la pensión.? Muchas gracias.
Eduardo Merino Méndez. dice
Desafortunadamente la incorporación voluntaria que eligieron como trabajador doméstico, no incluye el seguro de CESANTIA EN EDAD AVANZADA y de VEJEZ. Solo le reconocen sus semanas para el seguro de Retiro y de Invalidez. No obtendrán sus pensión. Le sugerimos que acuda con nosotros, le podremos otorgar un método para que obtengan su pensión. No lo dejen. Tenemos una buena opción.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ
Mi Pensión IMSS dice
Sr. José Reyes, espero sus comentarios
Sra.Norma dice
Buenas tardes:soy Norma voy a cumplir 60 tengo 1475 semanas cotizadas,aún estoy laborando,tengo 38 años de cotizar para el IMSS y me interesó por pagar modalidad 40 2 años próximos.quiero asesoría correcta par hacer todo y asegurarme de que todo esté y vaya por buen camino.
Quiero saber su diagnóstico y su apoyo que costo sería.? Vivo en Jalisco
Eduardo Merino Méndez. dice
Con gusto le podemos asesorar, esto lo realizamos vía correo electrónico. Es importante que sepa que el Instituto inicio a finales del año pasado una nueva forma de certificar las semanas y que es probable que no le aparezcan todas, por lo cual hay que realizar un proceso de aclaración o reclamación. En el proyecto de pensión que se le elabora, podrá ver el importe de su pensión y a cuánto se puede incrementar si paga la Modalidad 40. Envíenos su caso con gusto lo atenderemos
Mi Pensión IMSS dice
Nos placería que se comunicara con nosotros para abundar en nuestra respuesta.
María Vázquez dice
Si me inscribo en modalidad 40 mi hijo me puede dar de alta como su beneficiario para recibir atención médica?
Eduardo Merino Méndez. dice
Lo puede realizar sin ningún problema son dos cosas distintas siempre y cuando reúna los requisitos que establece la Ley y que son: que exista convivencia y dependencia económica aunque no sea total. Convivencia es que debe de vivir su hijo en su mismo domicilio
Fernando dice
Hola buenas tardes…mi situación es que tengo al imss como patrón.. solo quiero saber si mis semanas aquí se suman a mis semanas cotizadas antes de aqui, porque en el resumen de sem. cotizadas que arroja la página vienen todas juntas y yo quiero jubilarme con la ley del 73 a la cual pertenezco ya que comencé a cotizar antes del 97 en otros trabajos…tengo 50 años..pero quiero prepararme para retirarme a los 60 ó 65 pero con la ley del 73….mi pregunta es está:
Me conviene salirme de aquí y seguir cotizando por mi cuenta en la mod. 40 si es que no me cuentan mis semanas laboradas
En mi trabajo en el instituto o si me cuentan y sigo aquí y jubilarme con la 73 cua si me llegue el tiempo de retirarme?
cesar enrique rivas lopez dice
Buenas noches tengan ustedes, mi caso es el siguiente, estoy cotizando en M-40 hace 2 años y 6 meses, pero en mi historial laboral, aparezco como trabajador independiente 11 años, trabajador de mi esposa YOLANDA OLIVAS HDZ (asi aparece como patrón) 11 años, mi duda es si me disminuyen las semanas de independiente y también las de mi patrón esposa, aunque tuvimos 4 empleados mas en este mismo registro, tengo 1831 semanas reconocidas pero al restar algunas, me afecta en mi saldo final. Quisiera que me digan como enviarles mi caso y lo analicen, pues un asesor me dijo que cuando solicite mi pensión no incluya a mi beneficiaria esposa porque cruzan información y me pueden negar la misma, que luego de 1 año de pensión la diera de alta como beneficiaria y que ya no habría problema. Mi esposa es Hernandez y como patron es HDZ, y creo que son 2 personas diferentes. Estoy angustiado por esta situación, por favor indiqueme donde enviarle mi documentacion para su análisis y me digan si conviene seguir pagando M-40 o bien suspender los pagos y esperar solo la edad de retiro, soy del 5 ago 1961.
Muchas gracias de antemano y espero su respuesta, ademas del informarme del costo de la asesoría y lo que incluye
Eduardo Merino Méndez. dice
Buenas noches. En efecto, las semanas cotizadas como trabajador independiente solo se consideran cuando se solicita una pensión de Vejez, para una cesantía no se contabilizan. En cuanto al patrón que menciona, no se elimina el tiempo cotizado, cuando en efecto haya existido una relación laboral independientemente de sus nexos o parentesco. Esto no lo valida el Instituto a menos que sea evidente. Le sugerimos se contacte con nosotros y validaremos su información otorgando una asesoría profesional basada en la Ley del seguro social. Al calce tiene nuestros datos para que se pueda contactar. Es importante que lo haga para que tenga tranquilidad.
Mi Pensión IMSS dice
Una llamada para que le pueda aclarar su situación, ubicará su situación actual ante el seguro social y su pensión. Estamos a sus órdenes.
JOSE LUIS OCHOA dice
me pensione con la ley del imss de 1973 resultando en el calculo de la pension una cantidad menor al salario minimo pero el imss en el primer pago me completo el salario minimo pues segun la ley la pension no debe ser menor a un salario minimo mensual. del año 2016 al 2019 me han dado aumentos con base a la UMA por lo cual me han estado pagando menos del salario minimo. mi pregunta-Es correcto que me den aumentos con base a UMA aunque tenga la pension minima garantizada o los aumentos deben ser con base al salario minimo. agradezco su orientacion.
Eduardo Merino Méndez. dice
En el año de 2016, se genero la UMA y es el índice, base o medida que se utiliza para los cálculos de las obligaciones de las diversas leyes que nos gobiernan. A partir de ese momento dejo de utilizarse el salario mínimo. Por esta situación los aumentos a las pensiones se realizan en base al Indice Nacional de precios al consumidor cada mes de febrero. De alguna manera, al ser la UMA en cantidad menor al salario mínimo se va rezagando nuestra pensión en dinero. Mientras no modifiquen esta Ley a nivel de Cámara de Diputados y senadores, seguirá el problema de las bajas pensiones.
Mi Pensión IMSS dice
Abundando en la respuesta, existen abogados que han iniciado litigios para trocar la UMA por el Salario mínimo aunque a la fecha no se ha logrado. Hay un antecedente especial con las pensiones del ISSSTE, aunque no es general, sólo fue un caso especial donde se modificó la pensión.
Buena tarde.
Jose Nuñez dice
Sus clientes requieren cotizar en el régimen obligatorio para recuperar sus derechos, nos ponemos a sus ordenes; somos una sociedad cooperativa http://www.enlacemigente.com
Jose Luis dice
Buenos días mi nombre es Luis y les agradezco la posibilidad de darme una respuesta a dos preguntas previas a solicitar sus servicios
1. que salario debo de ponerme a partir de hoy para que en 5 años pueda aspirar a una pensión de 10 VSM
2. es mas conveniente modificar mi sueldo a lo requerido en el punto uno o entrar con la modalidad de aportaciones
voluntarias y de cuanto seria para alcanzar las 10 VSM
Gracias
Sergio dice
Hola, qué tal, necesito asesoría sobre el la modalidad 40 del imss, tendría algún costo?
Anónimo dice
Hola, qué tal, necesito asesoría sobre el la modalidad 40 del imss, tendría algún costo?
Gustavo Soto dice
Hola,
Mi nombre es Gustavo Soto y mi situación es la siguiente:
Tengo 60 años 7 meses, 1700 semanas de cotización (reportes de IMSS), estoy inscrito en Modalidad 40 desde Julio de 2018. Mi intención es pensionarme en marzo de 2020 por razones de salud de mi esposa y de mi(requerimos el servicio médico del IMSS) para ese mes tendré 1708 semanas cotizadas y 60 años 9 meses.
¡Cual sería el costo de su asesoría para determinar el monto de pensión que me correspondería si tramito en ese mes?
De antemano agradezco su atención y pronta respuesta
Eduardo Merino Méndez. dice
Le ofrecemos un estudio donde validaremos toda su información, abundando en el tema de las Afore y le informaremos cual será el monto de su pensión. Envíenos sus datos y con gusto le informamos.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Rosario Horacio Bojorquez Acosta dice
En la empresa donde laboró hace 15 años me cambio de vivir en una ciudad a otra para que trabajara y acepte con la condición de que me pagaran 5% de todo lo que se vendiera más mi salario pero al cabo de unos años no cumplió mas, después de eso tuve un accidente de trabajo donde resulté con problemas de cadera y estando incapacitado me accidente en un viaje automovilístico a mi ciudad de origen donde termino de quebrarse mi cadera, puedo recibir incapacidad del 100 % ?
Genoveva Leon dice
Buenas tardes Lic. Estoy por solicitar mi pensión en 2020, mi duda es: el IMSS ya está calculando las pensiones en VSM o sigue con UMA? Agradezco de antemano su atención. Saludos.
Armando Merino Delgado dice
buenas mi pregunta es que ya quiero pencionarme a los 58 años y estaba leyendo que si puedo con 1240 cotizaciones y yo las tengo quisiera que me informaran bien si es correcto yo estoy cotizando desde el 1978 y si tiene algun costo esto
Eduardo Merino Méndez. dice
La nueva Ley del seguro social del 1o. de julio de 1997, tiene establecida la PENSIÓN ANTICIPADA. Esta se otorga sólo si el dinero que administra la AFORE, sustentan una pensión por lo menos de un salario mínimo mas un tercio, aunque se requiere que tenga cotizadas un mínimo de 1250 semanas.
Mi Pensión IMSS dice
En su caso, aún le faltan 10 semanas para tener acceso a esta pensión.
María Teresa Flores Quintero dice
Hola buen día
Mi nombre es María Teresa Flores
Solicitó una cita para tratar asunto de pensión tengo 57 años
Y requiero toda la información referida
Asimismo si financian modalidad 40
Eduardo Merino Méndez. dice
Sra. María Teresa. Es muy importante que reciba una asesoría profesional como la que proporcionamos. Para tomar una decisión de cuanto invertir es necesario realizar un estudio-proyecto donde se le indicará la pensión que obtendrá si no realiza ninguna acción o, la pensión que podrá alcanzar si invierte mediante la modalidad 40. Para generar su estudio, sólo se requiere que nos envíe sus datos mediante correo electrónico o mensaje de whats app. Requerimos su número de seguridad social, CURP, correo electrónico y teléfono. Esperamos la información para poder servirle.
Eduardo Merino Méndez.
Crisoforo Adalberto De la Rosa Ferniza dice
HolA tengo 58 y tengo 1450 semanas cotizadas el problema es que mi salario promedio es muy bajo 150 diarios aproX me gustaría asesorarme para recibir la mejor pensión posible
Anónimo dice
Sr. De la Rosa, buenas tardes.
Le informo que el número de semanas cotizadas que tiene, es muy bueno y le puede ir muy bien. Usted puede invertir a través del Seguro Voluntario para mejorar el importe de su pensión. Lo invito a que agende su cita y nos visite.
Le podemos hacer un estudio para que usted sepa cual es la pensión que le corresponde sin invertir, y cual es la pensión que le correspondería invirtiendo. Es muy importante que usted se pensione lo mejor posible.
Los teléfonos: 2595 6750 y 6550 7914. Traer documento con su número de seguridad social, su CURP y su correo electrónico.
Atte. Víctor Hugo Del Río
Sr. Alejandro dice
Buena tarde, Soy el Sr. Alejandro, me negaron una pensión por Invalidez en el IMSS, en la actualidad sigo en tratamiento ya que sigo mal (cabe mencionar que el IMSS me otorgo 2 pensiones temporales) metí una inconformidad y salio negativa, en caso de una demanda al IMSS, ¿cuanto tiempo tarda para que den una resolución? y si sigo estando en nomina en mi trabajo, ¿mi patrón puede darme de baja? por último, ¿ el IMSS puede suspenderme el servicio? a un estando enfermo? (en el transcurso de dicha demanda).
Quedo al pendiente de su valiosa respuesta.
Anónimo dice
Sr. Alejandro, buenas tardes.
Los servicios de Salud en el Trabajo del IMSS le negaron la Pensión de Invalidez porque en base a los análisis y estudios realizados por la Instituciones, consideraron que no existe un estado de Invalidez.
Usted tiene una última instancia que es la Junta de Conciliación y Arbitraje para demandar su estado de Invalidez.
La propia Junta cuenta con médicos para examinar si procede o no un estado de Invalidez.
El tiempo que se lleva una demanda no se puede precisar, pero usualmente es tardado.
Mientras usted este amparado por un dictamen de Invalidez o incapacidades el patrón no puede darlo de baja.
Si en el IMSS ya lo dieron de alta, usted tendrá que volver al trabajo.
Mientras usted se encuentre vigente en sus derechos el IMSS no le puede suspender los servicios.
Atte. Víctor Hugo Del Río
MARY dice
Buen día mi nombre MARY tengo 49 años estoy pensionada por la ley 73 por accidente de trabajo con un 60% de discapacidad, con derecho a seguir cotizando para la pensión de 60 y vejes, el seguro social agarro una parte de mi afore por la pension del accidente, puedo pedir todo mi afore, sin que me perjudique mis semanas cotizadas, para la pensión de 60 y vejes, le agradezco mucho su respuesta.
Anónimo dice
Sra. Mary, buenas tardes.
Usted debe seguir cotizando para que pueda obtener su pensión de Cesantía en Edad Avanzada al cumplir los 60 años.
No es recomendable que tome los recursos de su Afore, ya que ellos le van a generar su derecho, además le descuentan semanas cotizadas.
Reciba cordiales saludos.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Carlos Garduño dice
Tengo 683 semanas cotizadas en el IMSS soy de la ley 73,actualmente trabajo cotizando al ISSSTE LLevo 11 años trabajando y tengo 55 años, quisiera saber si me puedo pensionar primero en el IMSS Teniendo la conservación de derechos a los 60 años y despues cumpliendo 15 años en el ISSSTE con el 50 % de pension y saber si van a modificar los años para pensionarse.
Mi Pension IMSS dice
Sr. Garduño, buenas tardes.
Para que usted se pueda pensionar por el IMSS, tiene que cumplir tres requisitos:
1- Tener cotizadas 500 semanas o más y estar en periodo de conservación de derechos
2- Haber cumplido 60 años o más
3- Estar en baja
Usted puede aspirar a las dos pensiones la del ISSSTE y la del IMSS.
Siempre y cuando cumpla con los requisitos que cada ley le pida.
Atte. Víctor Hugo Del Río
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Garduño, buenas tardes.
Para que usted se pueda pensionar por el IMSS, tiene que cumplir tres requisitos:
1- Tener cotizadas 500 semanas o más y estar en periodo de conservación de derechos
2- Haber cumplido 60 años o más
3- Estar en baja
Usted puede aspirar a las dos pensiones la del ISSSTE y la del IMSS.
Siempre y cuando cumpla con los requisitos que cada ley le pida.
MELCHOR PEÑUELAS ALGANDAR dice
SRS. BUENAS TARDES, CUENTO CON 53 AÑOS DE EDAD Y CON MAS DE 1600 SEMANAS COTIZADAS, MI INTENCION ES COTIZAR LOS ULTIMOS 5 AÑOS EN MODALIDAD 40, MI PREGUNTA PARA ELLO ES SI SE REQUIERE SOLICITAR LA BAJA EN MI TRABAJO ANTE EL IMSS CUANDO CUMPLA 55 Y CUANDO SE LLEGUEN LOS 60 DARME DE ALTA EN MODALIDAD 40 Y PAGAR LOS CINCO AÑOS VENCIDOS EN SALARIO TOPADO PARA ALCANZAR UNA PENSION DE 50,000.00 o NO ES NECESARIO PEDIR LA BAJA ANTE EL IMSS ?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Peñuelas, buenas tardes.
Para que usted pueda inscribirse en el Seguro Voluntario Modalidad 40, invariablemente tiene que estar dado de baja por su patrón.
Los requisitos para la inscripción son, tener 52 semanas cotizadas, y no dejar pasar más de cinco años después de la baja.
Si usted paga el Seguro Voluntario vencido le van a generar recargos y actualización y eso no es conveniente.
Lo mejor es que cotice mes con mes hasta que cumpla la edad.
Lo invitamos a que agende su cita a los teléfonos 2595 6750 y 6550 7914, y con mucho gusto le diremos de cuanto es su pensión y como mejorarla.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
maria elena lopez dice
buenas tardes por problemas personales ya no puedo seguir laborando pero no quiero perder mi pension tengo 58 años que puedo hacer?…
Eduardo Merino Méndez. dice
Existe un período de conservación de derechos que le amparan aunque ya no cotice. Si en ese período cumple sus derechos, le otorgan su pensión. Es necesario validar sus semanas para conocer este tiempo de gracia. Ese tiempo le permitiría incrementar su pensión si continúa su cotización. Le podemos establecer un proyecto para su pensión que le de tranquilidad en su tiempo de Jubilación.
jose luis dice
buenas noches:
pregunta
tengo 58 años, 1645 sem cotizadas,con un salario promedio de 556.48 desempleado desde febrero 2019 y deseo iniciarme en M40 cotizando con 4500 mensuales para que al cumplir mis 60 obtenga una mejor pensión ,puedo ir personalmente a hacer mi tramite con los requisitos requeridos para tal efecto o es necesario contratar un asesor para que me haga la planeacion de pensión. ya que tengo entendido que la planeacion es solo para informarme de cuanto seria mi pensión mensual o en que me afectaría posteriormente haber hecho yo solo mi tramite M 40.
por su atencion….gracias
Mi Pension IMSS dice
Sr. José Luis, buenas tardes.
Usted puede hacer el trámite a través del internet o de manera presencial en la Subdelegación del IMSS que le corresponda en base a su domicilio.
Si usted va a invertir en el Seguro Voluntario Modalidad 40, debe saber con que salario y cuanto va a recibir de pensión.
Eso no se lo van a decir en el IMSS, si usted gusta agende su cita con nosotros a los teléfonos 2595 6750 y 6550 7914.
Traer consigo un documento que contenga su número de seguridad social, CURP, correo electrónico y último estado de cuenta de su Afore.
Le diremos el importe de su pensión sin invertir, y le haremos un proyecto ya invirtiendo en el Seguro Voluntario para que vea la diferencia.
La sugerencia es que primero venga con nosotros para informarle de sus posibilidades para obtener una buena pensión, lo asistiremos en sus trámites hasta concluirlos y la primer asesoría es gratis.
Atte. Víctor Hugo Del Río
Anonimo dice
Quisiera saber si el
Imss otorga el retroactivo del trámite de jubilación yo me di de baja en la
Modalidad 40 en enero del 2019 y apenas en agosto 2019 empezare mi trámite , el retroactivo me
Lo dan desde enero del 2019 o a
Partir de que
Empiece mis trámites, gracias por su ayuda
Anónimo dice
El retroactivo se lo dieron a partir de que causó baja de la modalidad 40.
Silvia Sánchez dice
Quisiera saber si el
Imss otorga el retroactivo del trámite de jubilación yo me di de baja en la
Modalidad 40 en enero del 2019 y apenas en agosto 2019 empezare mi trámite , el retroactivo me
Lo dan desde enero del 2019 o a
Partir de que
Empiece mis trámites, gracias por su ayuda
Mi Pension IMSS dice
Sra. Sánchez, buen día.
Si al momento de la baja enero de 2019, usted tenía cumplidos los tres requisitos, (semanas cotizadas, edad y estar dada de baja) puede haber retroactividad.
La pregunta sería por qué solicita el trámite de pensión hasta ahora.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Anónimo dice
Me faltaban 10’años de cotización y estaba mal la fecha de nacimiento, usted me dice que puede haber retroactivo , pero ya fui a preguntar al imss y me
Dijeron que si me dan el retroactivo desde enero que tengo un año para hacer los trámites y gozar del retroactivo desde la fecha que me
Di de baja , me
Lo
Puede confirmar, muchas gracias y espero hacer buena elecccion para que alguien me tramite mi pensión, espero informes
Mi Pension IMSS dice
En efecto, la Ley del IMSS establece que la retroactividad no será mayor a un año.
Alin Asaf Salas Márquez dice
Buenas tardes estoy en tramite de IPP por invalidez el problema comenzó el año pasado ya que enferme del riñón y comencé a hacerme estudios de mi espalda y el hueso sacro y la primera vértebra estaban movidas más por causa principal de la asistente perdí la cita con el ortopédico y me volvieron a dar otra una semana antes de la segunda cita el médico que me atendía mejor le pregunto si la cita era allí ho en el hospital Morelos (hospital mayor) del IMSS el doctor me dijo que en la clínica no se hacían ningún estudio de ese tipo a lo cual fui al hospital grande 2 horas antes de mi cita ya que en mi cartilla solo dice cita ortopedia?
14:00 y preguntar en el hospital me regañaron y me dijeron que no tenía nombre del médico especialista ni lugar y me dijeron que en mi clínica estaba el especialista aclaro…. me estaban atendiendo incapacidad por enfermedad general llamaron y me dijeron que fuera a mi clínica para que me atendiera el ortopédico más no habría y pensé que la asistente de mi consultorio me ayudaría para hablar con el médico más no me permitió y hablo con la directora y después de un rato médico que ya estaba dado de alta. Claro que fui a hablar con la directora más es como intentar ganarle al PRI
Para no hacer tan largo el diálogo me dijo que me daba el tratamiento pero me quitaba la incapacidad? Le dije que que iba a comer? a lo cual dijo que eso no era su problema yo le dije que puesto me había dado de alta si yo llegando al trabajo y resbalaba legalmente era un accidente de trabajo y ella dijo que si ella quería? y escribió lo que quizo mi patrón no me quería dejar trabajar pues sabía que mi condición no era buena soy albañil o mejor dicho era.
Yo seguía con muchas molestias más tomaba diclofenaco para mitigar el dolor más en enero 7/2019 al cargar unos cementos oí tres veces un cric en la espalda me aferre a seguir y al intentar pegar Block sentí un estirón y ya no me pude mover y en marzo me dieron de alta sin mirar al ortopédico el patrón y el médico de la empresa me hicieron pruebas de fuerza y caminar lo cual no pude al intentar levantar un saco de yeso no sólo me lástima la espalda sino parte del pulmón y el 23 de marzo el diagnóstico es….
hernias del L1 al S1 escoliosis degenerativa espondioloartrosis lumbar severa el diagnóstico de marzo 23/2019
Hoy tengo límites peores pues ahora no puedo caminar sin un bastón que me hice de una rama no aguanto caminar y me punzantes en muslo derecho cadera inglés los doctores no quieren hacerme estudios el día miércoles pasado fui a ejercicio de fisioterapia ya que tengo agendada citas a fisioterapia ya clínica del dolor y no soporte los estiramientos que me dio la doctora mucho menos creo los ejercicios.
Mi trámite es por IPP accidente de trabajo más según algunos la incapacidad temporal se cambia después de 52 semanas y yo no dure sino 22 y ya está en trámite más aún no entrego nada porque tengo 3 números de seguro y me están unificando se supone que el 6 de agosto estará la unificación ya que sólo aparecen 198 semanas cotizadas en mi mi número actual y quiero saber a que tengo derecho ya que si caminar es un problema mucho menos podré trabajar
Agradezco su asesoramiento ya que si no me conviene lo que el seguro me ofrece? tendré que buscar a alguien capaz ya que también quiero sacar mi INFONAVIT que jamás he usado y mi afore mi cotización es desde 1992
Gracias por cierto desde la rm que me hicieron el especialista jamás me reviso y hoy están saliendo en mi espalda como pequeños accesos donde las hernias y son muy molestos y pienso que no me quieren hacer estudios porque se tendría que revalidar lo que ellos dictaminan.
Como que me tocaría mi salario diario era de $204.80 m.n mexicana
Mi Pension IMSS dice
Sr. Alin, buenas tardes.
Referente a su caso, primero debe arreglar la triplicidad de su número de seguridad social.
Esto, para que todos los trámites que realice sean con su número de seguridad social correcto.
Los Servicios de Salud en el Trabajo del IMSS determinarán si el padecimiento corresponde a un Riesgo de Trabajo, de ser así se deben llenar los formatos correspondientes y se tendrá derecho siempre y cuando a la fecha del siniestro usted se encuentre vigente en sus derechos.
En caso de que su padecimiento no sea derivado de un Riesgo de Trabajo, entonces se le podrá dictaminar una Invalidez siempre y cuando así lo determinen los Servicios de Salud en el Trabajo.
Los fondos del Infonavit los podrá retirar una vez que usted se pensione.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Carlos Ayala dice
Cotice en IMSS de la CDMX hasta 1986 con un salario mensual de $507,500.00 . Para reactivar mis semanas un amigo me dio de alta con salario mínimo y recupere 515 semanas cotizadas. Ingrese mis papeles de pensión y la resolución es una pensión por $3,466.73
El salario que tuve en 1986 a valor actual es alto, porque el IMSS me considero un salario de $28.92 para el calculo de mi pensión, si se supone que debe ser el promedio del sueldo de las ultimas 255 semanas cotizadas.
Mi Pension IMSS dice
Sr. Ayala, buen día.
Los salarios de esa época sufrieron ajustes y devaluaciones, Razón por la cual se disminuyeron en la actualidad. No tiene incrementos a la cuantía de la pensión porque únicamente tiene 515 semanas cotizadas.
El salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización de $28.92 da como resultado una pensión abajo del salario mínimo.
La Ley del IMSS para no perjudicar a los pensionados otorga una pensión garantizada mínima de $3,466.73.
El cálculo es correcto.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Héctor Cruz Ramírez dice
Buenas Tardes
Tengo 1467 semanas cotizadas en el IMSS, tengo 49 años de edad. Inicié cotizando en 1990. Hay alguna forma de anticipar mi pensión?
Gracias.
Mi Pension IMSS dice
Sr. Cruz Ramírez, gusto en saludarlo.
Le informo que no hay manera de anticipar su pensión. La ley del Seguro Social establece como requisito para otorgar una pensión de Cesantía en Edad Avanzada el cumplimiento de 60 años.
La única manera de poder obtener una pensión antes de cumplir la edad es que a usted le dictaminaran una Invalidez.
Así que al parecer tendrá que esperar.
Buenas tardes.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Juan Manuel dice
SRS buenos días, mi caso es el siguiente. Desafortunadamente tengo una enfermedad que me ha llevado a tramitar una PENSIÓN DE INVALIDEZ. Mis preguntas son:
— al tramitar está pensión de invalidez me dicen en el IMSS que NO se elige ningún régimen, o sea no elijo régimen del 73 y/o 97. Es correcto??
— en mi caso tengo a mi madre registrada como beneficiario, pregunté sobre la asignación familiar en grado ascendente y me comentaron que es mejor no solicitar la asignación familiar, pues en automático me otorgan la ayuda asistencial por soledad. Es correcto esto??
Luego, ya tengo el dictamen de Invalidez con un 59% de incapacidad para el trabajo.
Aún no tramito la pensión porque aún no aparezco en el sistema, estoy esperando a que mi dictamen ya lo tengan en su sistema. Ya saben idas y vueltas a preguntar si ya se puede realizar el trámite para la resolución de pensión. Mañana iré nuevamente a ventanilla, mientras acudo a su amable asesoría y resolver mis dudas….
gracias y muy buen día…
Mi Pension IMSS dice
Sr. Juan Manuel, buen día.
Tendrá que esperar a que le den su Dictamen de Invalidez, el cual sera con la Ley de 1997.
Su beneficiaria madre que tiene registrada en el IMSS tendrá derecho a los servicios médicos únicamente.
La asignación familiar a la que tiene usted derecho es del 15% por soledad y/o si es casado.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Raul E Dominguez Cantu dice
Buenos dias, tengo 505 semanas cotizadas y no cotizo desde el 2004, que tengo que hacer para entrar a la modalidad 40 ?
Mi Pension IMSS dice
Sr. Domínguez, gusto en conocerlo a través de este medio. Le informo que para estar en posibilidad de entrar a la modalidad 40 debe cumplir dos requisitos: tener 52 semanas cotizadas y no dejar pasar 5 años después de su baja. Lo invito a que agende su cita al tel: 2595 6750 y 6550 7914 y explicarle con detalle que es lo que puede hacer para en un futuro próximo obtener la mejor pensión posible.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
JOSE LUIS DE JESUS SANDOVAL PIZANO dice
Radico fuera de la Cd. de México ¿pueden atender con la asesoría?
Soy de la Ley del IMSS de 1973, he cotizado mis 500 semanas.
Estuve en Modalidad 40, me dí de baja el 28 de febrero 2019.
Como mi último salario es el mínimo, alcanzo muy poca pensión (en una pensión ridícula que me están dando). ¿puedo ahora tener un contrato de un año (Modalidad 10) pero ahora con tres o cuatro veces el salario mínimo?;
¿Si es posible?; ¿pueden asesorarme?
Mi Pension IMSS dice
Sr. Sandoval, gusto en conocerlo por este medio.
Si usted ya tramitó su pensión, ya no se puede hacer nada.
Si por el contrario todavía no, entonces se puede hacer algo. Le informo que la cuantía de la pensión se basa en las semanas cotizadas que tenga, entre más es mejor, los salarios entre más elevados sean es mejor y la edad también es importante. Lo invito a que agende su cita al tel: 2595 6750 y 6550 7914 y con gusto lo atenderemos y le explicaremos cual puede ser su mejor opción para su futura pensión.
Al acudir a su cita por favor traiga toda su documentación inherente al IMSS.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Diego dice
cotize en una empresa foranea por mas de un año , luego me incribi enmodalidad 40 y estoy pagando esa empresa casi no obtuve documentos , y creo que ya no está sera problema despues?
Mi Pension IMSS dice
Sr. Diego, gusto en conocerlo, le comento que para que usted tenga derecho a una pensión del Seguro Social Ley de 1973, es necesario reunir tres requisitos:
1- Tener reconocidas en el instituto 500 semanas y estar en periodo de conservación de derechos.
2- Haber cumplido 60 años o más
3- Estar privado de trabajo remunerado en (baja)
Si necesita más información puede acudir con nosotros y por favor traiga todos sus documentos relacionados con el IMSS y su último estado de cuenta de su afore.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Rebeca dice
Buenas tardes, tengo aprox 1800 semanas cotizadas en el IMSS, estoy bajo ley 73 (entre a trabajar en el 79), tengo casi 40 años trabajando y aunque gracias a Dios estoy sana, con toda la situación del país ya estoy cansada y quisiera saber las posibilidades que tengo para pensionarme anticipadamente. Tengo 58 años, aun estoy trabajando y gano aprox 40,000.00 al mes.
Agradecería su amable asesoría y Quedo a sus ordenes….
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Rebeca, gusto en conocerla a través de este medio.
Le informo que no se puede pensionar anticipadamente, esto debido a que la Ley del Seguro Social de 1973 establece como uno de sus requisitos el cumplimiento de 60 años o más.
Le hago una atenta invitación para que agende su cita y nos visite, le podemos hacer el cálculo de su pensión y le decimos como mejorarla.
Si decide venir le pido por favor traiga su último estado de cuenta de su Afore, su CURP, un documento del IMSS que tenga su Número de seguridad social y su credencial de elector.
Asista con nosotros y no se arrepentirá, la primer asesoría es gratis.
Atte. Víctor Hugo del Río.
Asesor en Mi Pensión IMSS
Neftalí Islas Montes dice
Hola, buen día. Mi pregunta es la siguiente: Quisiera saber si puedo tramitar una pensión del IMSS o si no existe alguna posibilidad de hacerlo. Pasa que he laborado mucho tiempo en la administración pública municipal y cuando he trabajado fuera de ésta, lo he hecho de manera informal o ocupándome en alguna actividad comercial propia. Actualmente estoy laborando en el Ayuntamiento de mi municipio en el Estado de Hidalgo. Mucho agradeceré sean tan amables en despejar mis dudas al respecto.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Islas, gusto en conocerlo.
Le informo que para que usted pueda aspirar a tener una pensión por parte del IMSS, necesita cumplir 3 requisitos.
1- Haber cotizado en el IMSS un mínimo de 500 cotizaciones semanales y estar en periodo de conservación de derechos.
2- Haber cumplido 60 años o más
3- Estar privado de trabajo remunerado (Baja)
Reciba un cordial saludo.
Seguimos a sus órdenes.
Raúl Martínez Civarrubias dice
Sres buenas tardes soy Raúl Martínez estoy en CD Juarez Chih vi una entrevista el día de ayer en el programa de la cuchara respecto al la pensión yo estoy dado de alta en el año 1979 ala fecha del año 2010 disculpen no poder expresarme bien
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Martínez, gusto en conocerlo a través de este medio.
Le informo que para tener derecho a una pensión por parte del IMSS, es necesario cumplir 3 requisitos.
1- Haber cotizado en el IMSS un mínimo de 500 cotizaciones semanales, y estar en conservación de derechos.
2- Haber cumplido 60 años o más.
3- Estar privado de trabajo remunerado (baja)
Estamos a sus órdenes para cualquier duda y podemos brindarle la información que usted necesite antes de pensionarse.
Reciba un cordial saludo
Atte. Víctor Hugo del Río
Asesor en Mi Pensión IMSS
LAURA ALICIA RODRIGUEZ TREJO dice
Buenos días, tengo 48 años, cotizo desde el 2018 y tengo 835 semanas cotizadas, actualmente trabajo en gobierno por lo que tengo ISSSTE , podría ser pensionada por ambos? , cuánto tiempo me falta?, que debo hacer para NO perder mis derechos ante el IMSS?, podría agregarme al IMSS aún trabajando aquí? Por favor díganme que debo hacer?
Gracias y espero su pronta respuesta.
Saludos
Mi Pensión IMSS dice
Sra. Rodríguez, gusto en conocerla a través de este medio.
Si usted cumple con los requisitos que establecen la Ley del IMSS y la Ley del ISSSTE, puede obtener ambas pensiones.
Para obtener la pensión por parte del IMSS, usted tiene que cumplir 3 requisitos contemplados en la Ley del IMSS de 1973.
1- Tener un mínimo de 500 cotizaciones semanales y estar en conservación de derechos.
2- Haber cumplido 60 años o más.
3- Estar privada de trabajo remunerado (baja)
Si usted corresponde a la Ley del IMSS de 1997, los requisitos también son 3.
1- Tener un mínimo de 1250 cotizaciones semanales.
2- y 3- Igual que Ley de 1973.
Usted puede cotizar para el IMSS a través de una relación laboral trabajando con un patrón para recuperar sus derechos y se pueda pensionar.
La invitamos a que agende su cita y nos visite para proporcionarle con lujo de detalle la información que necesite.
Reciba un cordial saludo.
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Asesor en Mi Pensión IMSS
JAVIER RAMIRO AGUILAR GARCIA dice
Estimados Sres. Les agradezco de antemano su asesoria. Tengo 62 a#os y aproxim adamente 850 semanas cotizadas.. Cotize con el IMSS desde el 16 de Enero de 1973, hasta el 31 de Octubre de 1989, trabajando en Banco Nacional de Credito Agricola, S.A. y Banco Nacional de Credito Rural, S.A., En 1991 cotize 6 meses con patron, en 1997 y 1998 cotize en continuacion voluntaria. Desde 1998 no he tenido relacion laboral ni continuacion voluntaria. Mi pregunta. . . . .
Puedo cotizar en continuacion voluntaria? Ya que a estas alturas para establecer una relacion laboral por 14 meses me es imposible, y no me parece justo que tengamos trabas, por parte del IMSS, para pensionarnos y tener derecho a servicios medicos, ya que somos muchisimas las personas que estamos en tal situacion. Fuimos productivos y merecemos una pension y ese derecho a servicios medicos por parte del IMSS.
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Aguilar gusto en conocerlo a través de este medio.
Le informo que no puede cotizar voluntariamente.
Primero tiene que cotizar en el régimen obligatorio del Seguro Social por medio de una relación laboral trabajando con un patrón. Entiendo que a veces es difícil lograr esto.
Pero lo invito a que agende su cita con nosotros y traiga sus documentos relativos al IMSS, y con gusto le ofreceremos alternativas de solución a su problema para que usted pueda pensionarse.
No se preocupe usted obtendrá su pensión y los servicios médicos. Llame al tel 2595 6750 y 6550 7914.
Atte. Víctor Hugo Del Río
Asesor en Mi Pensión IMSS
Jesus fuentes garcia dice
Buenas tardes yo vivo en ciudad juarez chihuahua y tengo 48 años actualmente vivo y trabajo en el paso tx.trabaje por aproximadamente 20 años cotizando para el seguro . ¿ como puedo recuperar mis aportaciones tanto del seguro como del afore?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Fuentes gusto en conocerlo a través de este medio. Se recuperan sus semanas cotizadas cuando usted vuelva a cotizar en el régimen obligatorio del Seguro Social, esto se hace por medio de una relación laboral trabajando con un patrón. Lo debe hacer cotizando cuando menos un año y dos meses. Aunque la recomendación es cotizar el mayor tiempo posible si es que usted desea obtener una pensión por parte del IMSS.
Le informo que para tener derecho a su pensión, se requiere tener 500 semanas cotizadas y estar en conservación de derechos, haber cumplido 60 años o más y es estar privado de trabajo remunerado en (baja).
Reciba un cordial saludo
Atte. Víctor Hugo Del Río.
Asesor en Mi Pensión IMSS
MANUEL GONZÁLEZ VÉLZ dice
Buenas tardes:
Mi nombre es MANUEL GONZÁLEZ VÉLEZ tengo 57 años mi último patrón me dió de baja el 30/nov/2013; desde entonces no cotizó al IMSS. La asesoría que requiero es: saber cuánto tendría que pagar mensualmente inscribiéndome a la Modalidad 40, y durante cuánto tendría que estar pagando? El objetivo es asegurar una pensión llegado a la edad que la ley estipula de 18 o 20 mil pesos mensuales. Mi vigencia de derechos cuándo caducarían?
Mi Pensión IMSS dice
Sr. González, gusto en conocerlo a través de este medio. Le informo que usted puede pagar su continuación voluntaria con el último salario que tenía usted registrado en el imss al momento de su baja, y/o hasta 25 veces el salario mínimo.
Si acude con nosotros le podemos elaborar un buen proyecto para que obtenga una pensión digna. Y usted se entere con que salario debe inscribirse en la Continuación Voluntaria.
Lo invitamos a que nos visite o saque su cita al tel: 2595 6750. Atte. V Hugo del Río. Asesor en Mi Pensión IMSS
José Miguel Ángel Silva y zenteno dice
Inicié M40. IMSS, 20-04-15, con ST, terminación estimada 08/17, edad 66 años, semanas reconocidas 2351 más las que se generen con M40, solicito revisen mi caso, proyección y recomendaciones antes de solicitar pensión. Enviar costo de sus honorarios e información requerida. Gracias
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Silva, gusto en conocerlo a través de este medio, para estar en posibilidad de hacerle su proyecto de pensión, necesitamos que nos envié nombre completo y número de seguridad social, así también le informo el costo del estudio, es de $1000.00 , si usted así lo decide nos puede contactar al teléfono 25 95 67 50.
ATTE.
Victor Hugo del Río.
Asesor en Mi Pensión IMSS
DORALDO MOLINA MARTINEZ dice
BUENAS TARDES, SOY VECINO DE POR EL RUMBO, col. independencia ) MI PREGUNTA ES: ME PUEDO PENSIONAR POR COTIZACIONES ? TENGO 1.400, COTIZACIONES CORRIDAS O MAS, EN MAYO CUMPLO 55 AÑOS, LO ANTERIOR EFECTA LA PENSIÓN POR CENSATIA? OTRA PREGUNTA TENGO UNA ENFERMEDAD QUE SE ME A AGRAVADO CON EL PASO DE LOS AÑOS, UDS TRAMITAN PENSION POR INCAPACIDAD ? O COMO SE LE LLAME
POR LA ATENCION A LA PRESENTE QUEDO DE UDS
GRACIAS
Mi Pensión IMSS dice
Sr. Molina, gusto en conocerlo a través de este medio. Le informo que para que usted se pueda pensionar tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:
Tener cotizadas en el IMSS, 500 semanas o más,
Haber cumplido 60 años o más,
y quedar privado de trabajo remunerado (estar dado de baja)
Referente a su enfermedad, tendría que solicitar sus estudios médicos en su clínica del IMSS, para después ser enviado a Medicina del Trabajo y le hagan una valoración para poder determinar si existe un estado de Invalidez.
Estamos a sus órdenes para lo que guste, puede solicitar su cita al tel: 2595 6750.
Atte. Mi Pensión IMSS
José Antonio Urbina S. dice
Buenas tardes Lic. Merino
Tengo 60 años, trabaje para dos empresas de 1983 a 1997 y segun mi reporte de semanas cotizadas tengo 652, pero desde 1997 ya no he tenido seguro social. ¿ puedo tener derecho a una pensión ? ¿Cuanto tiempo tendria que cotizar al IMSS para activar estas semanas y poder tramitar mi pension, si procede?
Espero su respuesta, gracias
Eduardo Merino Méndez. dice
Para recuperar sus derechos debe de cotizar según la Ley del seguro social, 52 semanas. Cuando usted acude al Seguro social le sugieren que lo haga por un año mas 2 meses. Si aún no logra su pensión acuda con nosotros, le podremos brindar alguna alternativa para que obtenga su pensión
eugenio torres villaseñor dice
perdón cumplo 60 años el 6 de julio del 2018
vhdelrio dice
Buenas tardes Sr. Eugenio Torres.
Gracias por contactarnos por este medio. Lo invitamos a que venga a nuestras oficinas para ver su caso. La asesoría es totalmente gratis.
Nuestro domicilio es Lago Poniente No.16 Desp. 107A Col. Américas Unidas, estamos a un costado del metro Nativitas. Tel. 25-95-67-50, 65-50-79-14.
Horarios para asesoría : Lunes a Jueves de 11:00 a.m. a 15:00 p.m., 16:00 a 17:00 p.m. Viernes de 11:00 a.m. a 15:00 p.m.
Seguimos a sus órdenes.
eugenio torres villaseñor dice
est imados señores buenas noches quisiera me ayudaran con un dato de pension tengo 1359 semanas reconocidas ante el imss y cuatro años dado de baja del mismo tengo de limite 5 años para inscribirme a la modalidad 40 , lo voy a hacer con el salario topado y tre años retroactivo y dos años adelante pienso tramitar esto en la delegación principios de diciembre del 2016, cumplo los 60 años en julio del 2017 cual seria el calculo de mi pension o si falta algún dato háganlo saber se los agradezco mucho
Rodolfo Zuñiga Gómez dice
Estimados señores:
El que suscribe Rodolfo Zúñiga Gómez, amablemente solicito una asesoría por lo siguiente:
Según el Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, para pensionarme necesito:
• Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
o Tengo 65 años
• Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
o La cause en 1983
• Se encuentre privado de trabajo remunerado.
o Desde 1983 hasta ahorita no tengo empleo ya que estoy discapacitado y nadie me quiere dar trabajo
• Haya estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
o Como lo indiqué, deje de cotizar al IMSS cuando me despidieron en el año de 1983
• Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización.
o Según una consulta (vía Internet) que hice al IMSS por mis semanas cotizadas ante él, tengo más de 600
Esté vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley.
o Creo que en este punto tengo problemas, como lo indiqué me despidieron desde 1983 y hasta la fecha nadie me ha dado trabajo cotizando al IMSS, el cierta ocasión fui a la Delegación de IMSS y me dijeron, “que según mi caso debía cotizar al IMSS durante 14 meses y posteriormente tramitar mi pensión” Lo que no he podido hacer desde el año 2010 hasta hoy.
Muchas gracias por su respuesta. Me agradaría también saber cuando son sus asesorías gratis en sus oficinas.
vhdelrio dice
Sr. Zúñiga, gusto en conocerlo a través de este medio. Le informo que por el tiempo que dejo de cotizar para el IMSS, es necesario que lo vuelva hacer durante los 14 meses como usted ya lo sabe.
Así lo establece la Ley del Seguro Social.
Lo invito a que nos visite en Lago Poniente No. 16 Despacho 107-A de 11 a 17 horas. Col. Américas Unidas (estamos a unos pasos del metro Nativitas, a un costado del Wal Mart junto a un Banamex.
Puede sacar cita al tel: 2595 6750.
Nosotros le vamos a orientar para que usted resuelva su problema y pueda pensionarse.
Atte. Mi Pensión IMSS
Carlos Armando Velasco Pacheco dice
Estimados Sres.
mi nombre es Carlos Armando Velasco Pacheco con numero de afiliacion 11765671273, por favor solicito su asesoria en el siguiente tema:
para calcular la pension que me corresponde de acuerdo a la ley de 1973 es necesario
1.- cumplir 60 años
2.- haber cotizado un minimo de 500 semanas y
3.- tener vigente mis derechos para realizar el tramite
En el caso de que quiera cotizar 5 años mas a partir de que cumpla los 60 años con la modalidad 40 con el salario topado de 25 SMVDF el Instituto Mexicano del Seguro Social me respetaria este salario tope para establecer mi pension, cuando cumpla los 65 años?
la pregunta es por lo siguiente: Existe una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia con la tesis 285/2015 en la que se establece que para las pensiones que otorge el seguro social se tomara como salario base topado 10 veces el SMGVDF entonces, tiene caso de que continue pagando cinco años en modalidad 40 con el salario topado de 25 VSMGVDF ???? o solamente tengo que cotizar lo que establece la jurisprudencia de los 10 VSMVDF??? de antemano les agradezco su respuesta¡
Eduardo Merino dice
Buenas tardes Sr. Carlos Armando Velasco:
En relación a esa inquietante noticia, le comento lo siguiente: El Lic. Patricio Caso, Director Jurídico del IMSS, opinó: La resolución de la corte fue muy clara y sus alcances se circunscriben aun procedimiento de carácter judicial. El Director del IMSS en una sola semana concluyó que se continuará respetando el límite de 25 SMV para el cálculo de las pensiones. Sólo que la Ley se modificara y estableciera el máximo de las 10 veces el salario mínimo, procedería su aplicación, situación que nos es posible pues esto significaría una indebida aplicación retroactiva de la Ley.
Por otro lado le ofrecemos nuestros servicios de asesoría para que evalúe usted el alcance de su inversión en su plan de pensión.
Lauro Jaime espinosa dice
Mi esposa trabajadora del imss jubilada falleció hace 2años ..tengo derecho a una pensión por parte de ella.actualmente yo tengo 65 anos de antemano gracias por su atención.
Anónimo dice
Señor Lauro, en efecto tiene derecho a una pensión por viudez. La puede iniciar en los servicios de Retiro Laboral de acuerdo a la delegación del seguro social que le correspondía a la unidad laboral de su esposa.
EDUARDO MERINO MÉNDEZ.
Mi Pensión IMSS dice
Para abundar en la respuesta, me podría informar dónde laboraba su esposa?
Antonio hernandez dice
Saludos. Mi pregunta es: tengo un tramite de pension por riesgo de trabajo( ya se cumplieron 4 años de incapacidad parcial) el cual me dicen que sera definitiva y lamentablemente tambien me mandaran a realizar un segundo tramite por invalidez debido a una enfermedad(falla renal), deceo saber que pasara conmigo?
La verdad yo deceo trabajar. Tengo 44 años pertenezco a la ley vieja, estoy activo con 23 años de antiguedad con el mismo patron.
Anónimo dice
La pensión por riesgo de trabajo implica una disminución de la capacidad de su cuerpo para realizar ciertas actividades lo cual el Seguro Social valora, en base a la Ley Federal de Trabajo, y dictamina el porcentaje de incapacidad permanente que le ocasionó el riesgo. Derivado de esto se otorga una indemnización o una pensión. Por otra parte si tiene otro padecimiento como lo menciona, procedería una pensión de Invalidez donde se valora que esta usted bueno para la vida y malo para la función. Por lo que menciona, el deseo de seguir trabajado es respetable y lo podrá hacer en cierto grado. Es necesario que se apegue a lo que dicten los servicios médicos quien en base a todos los estudios, avalan su salud y la protegen por medio de sus prestaciones, en este caso, las dos pensiones que proceden al mismo tiempo.
Eduardo Merino dice
Sr. Alberto García, gusto en conocerle a través de este medio, lo invito a que nos visite en nuestra dirección de Lago Poniente 16 despacho 107-A.
Col. Américas Unidas (Metro Nativitas)
Con mucho gusto le atenderemos y le haremos su cálculo de pensión y la manera de mejorarla si cumple con los requisitos.
Es necesario que traiga su último estado de cuenta de la Afore, su credencial de elector y un documento del IMSS que tenga su número de seguridad social.
El costo es asignado en base a la investigación que se realice en su momento.
Que tenga un excelente día.
Atte. Mi Pensión IMSS
Eduardo Merino dice
1.-Solicitar su finiquito conforme a la Ley Federal del Trabajo.
2.- Ver si tiene derecho a su pensión por parte del IMSS.
3.- Los requisitos para pensionarse son tres:
a)Tener cotizadas 500 o más semanas
b) Tener cumplidos 60 años o más
c) Quedar privado de trabajo remunera o estar dado de baja.
Seguimos a sus órdenes tel: 2595 6750
Anónimo dice
Soy maria cabrera martinez
Anónimo dice
Nos place saludarle, en qué le podemos servir?
Eduardo Merino Méndez. dice
Reciba un afectuoso saludo. En que podemos servirle?
Hector Salinas dice
ME PUEDEN INFORMAR CUAL ES EL COSTO DEL ESTUDIO PARA PENSIÓN Y QUE INCLUYE
Mi Pensión IMSS dice
Manejamos una primera asesoría gratis. En ocasiones, sólo se necesita que se proporcione información general acerca de los trámites de pensión y los relacionados con las AFORES. Sin embargo la mayoría de los clientes tiene problemas con su documentación. En caso de requerir de asesoría donde se deba de hacer algún tipo de investigación, entonces si hay un costo, pero depende del trabajo solicitado.